El Constitucional ampara al PSC contra la tramitación de ley de desconexión de Cataluña
- Cree que se vulneraron sus derechos en la Mesa del Parlament
- Se negó a consultar al Consejo de Garantías sobre esa ley, como pidió el PSC
El Tribunal Constitucional ha amparado al PSC al considerar que se vulneraron sus derechos cuando la Mesa del Parlamento de Cataluña se negó a consultar al Consejo de Garantías Estatutarias sobre la ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república, también llamada Ley de Desconexión, tal y como había pedido este grupo.
Esta ley quedó aprobada el pasado 7 de septiembre en un pleno que la oposición en el Parlament consideró ilegal y ya fue suspendida de forma cautelar por el alto tribunal.
Así, ahora el Constitucional ha declarado inconstitucionales y nulos los acuerdos con los que la Mesa del Parlamento de Cataluña rechazó la petición del Grupo Parlamentario Socialista de recabar del Consejo de Garantías Estatutarias un informe sobre dicha ley.
El TC considera que se vulneró el derecho de estos parlamentarios a ejercer su función representativa y el de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos.
El PSC ya ha sido amparado en anteriores ocasiones por la violación de los derechos de sus diputados a cargo de la Mesa del Parlament.
En concreto, una sentencia del 5 de febrero anuló el acuerdo del Parlament del 6 de septiembre de 2017 negándose a pedir dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias sobre la proposición de la Ley del Referéndum de Autodeterminación que antecedió a las leyes de desconexión.
En esta nueva sentencia sobre el asunto, la Sala Segunda del Tribunal considera que la eliminación del trámite parlamentario consistente en recabar el informe del Consejo de Garantías Estatutarias, que es un trámite que garantiza "la regularidad constitucional de las iniciativas legislativas" y es una facultad de diputados y grupos parlamentarios, implica una "merma de la integridad" del procedimiento legislativo.