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Condenado a casi 6 años el etarra Troitiño tras ser extraditado desde Londres

  • Por haberse reintegrado en la banda terrorista ETA
  • Fue excarcelado por error en 2011 y huyó a la capital británica
  • En mayo del año pasado, fue extraditado a España

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Imagen de archivo del etarra Antonio Troitiño, juzgado por la Sección Primera de la Audiencia Nacional.
Imagen de archivo del etarra Antonio Troitiño, juzgado por la Sección Primera de la Audiencia Nacional.

El etarra Antonio Troitiño Arranz, para quien la Fiscalía pedía 11 años de cárcel, ha sido condenado a 5 años, 11 meses y 29 días de prisión por reintegrarse en la banda terrorista tras ser excarcelado por error en 2011 y haber huido a Londres, de donde fue extraditado a España en mayo del año pasado.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional le ha aplicado la agravante de reincidencia sobre la pena atenuada de integración en organización terrorista y le impone además 10 años de inhabilitación absoluta y dos años y medido de libertad vigilada.

Para los magistrados -Concepción Espejel, Jesús Eduardo Gutiérrez y Nicolás Poveda- de lo investigado "no se desprende otra actividad que la integración latente, estando a disposición de la banda, pero sin que conste hecho alguno de relevancia criminal", de ahí que se le aplique la pena atenuada de integración.

Según la sentencia, los magistrados consideran probado que cuando Troitiño salió de prisión acudió de nuevo a la organización terrorista, "pidiendo su reintegración en su estructura", por lo que la banda le proporcionó "hasta seis documentos identitarios, dos de conducir y dos tarjetas sanitarias, para su utilización, así como el alojamiento y cobijo en el domicilio de Iñaki Lerín en Londres".

En el juicio, Troitiño declaró que desde que fue puesto en libertad en 2011 no recibió órdenes ni ayuda de ETA, a la que no daba "ni los buenos días", y que decidió huir a Londres a la espera de que se derogase la doctrina Parot y tras el anuncio del alto el fuego por parte de ETA.

Troitiño cumplió el protocolo de refugiados de ETA

Además, el tribunal considera que el etarra cumplió el "protocolo para refugiados" que ordenaba la dirección de la banda, actuación que se corresponde con los documentos incautados al que fuera jefe de ETA Thierry.

Se trataba de una "normativa interna" que explicaba a los miembros de la organización "cuáles debían ser sus primeros pasos en el país" al que hubiesen huido, "su comportamiento y su actitud de lucha" a fin de "poder estar en el seno y bajo el paraguas protector de ETA".

"Ello prueba -añade- la existencia de la integración realizada tras su salida de prisión, lo que determina un reingreso en la actividad de la banda", teniendo siempre en cuenta que el "Colectivo de Refugiados" de ETA carece de intervención en armas y explosivos y se dedica a dar ayuda material, económica, documental y jurídica a los miembros que salen de España.

Y es que "la situación del acusado, refugiado en el extranjero, le exonera de una serie de actividades (...) de la acción terrorista", pero le permite participar en "la labor de apoyo institucional y a otros miembros huidos de la organización", lo que califican los magistrados de una "actuación en retaguardia en favor de la organización".

A raíz de su detención en 2012, Troitiño ganó los tres primeros juicios sobre su extradición, después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazara, en octubre de 2013, la aplicación retroactiva de la doctrina Parot, que España quería imponerle, y no fue hasta el pasado año cuando Reino Unido aceptó entregarle.