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Puigdemont alega al Supremo que durante la consulta del 1-O no hubo "violencia" sino hechos "aislados"

  • Cree que no hubo "violencia" que justifique el delito de rebelión
  • El expresident, Ponsatí y Puig presentan recurso tras personarse
  • Piden la "nulidad de actuaciones por falta de competencia del tribunal"
  • El Gobierno sólo trabaja con la hipótesis de la extradición

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Carles Puigdemont, en una sesión de fotos en Bruselas
Carles Puigdemont, en una sesión de fotos en Bruselas.

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha alegado en su primer recurso al Tribunal Supremo que durante el referéndum del 1-O no hubo "ningún tipo de violencia" que justifique que se le acuse de rebelión, a lo sumo algunos ciudadanos "pudieron haberse excedido" en su "resistencia pasiva", pero fueron casos "aislados".

Después de que el juez Pablo Llarena aceptara que Puigdemont y los exconsellers Clara Ponsatí y Lluís Puig se personaran en la causa abierta por el proceso independentista, el abogado Jaume Alonso-Cuevillas ha elaborado en nombre de los tres procesados un recurso en el que se pide la "nulidad de actuaciones por falta de competencia objetiva del tribunal" y por "indefensión al no haberse permitido la actuación de la defensa" y se niega la existencia de delito de rebelión y de malversación.

Mientras que Puigdemont (en prisión preventiva en Alemania) y Ponsatí (en libertad con medidas cautelares en Escocia) están procesados por rebelión y malversación, Puig (en libertad en Bélgica) lo está por este último delito y desobediencia.

El auto de procesamiento, según denuncia el recurso, "utiliza argumentos que resultan realmente llamativos para justificar la existencia de violencia", al comparar por ejemplo la concentración del 20 de septiembre de 2017 ante la sede de la consellería de Economía con una "toma de rehenes mediante disparos al aire". Pero "por violencia", puntualiza el recurso, "no cabe entender unas manifestaciones de protesta, por numerosas que sean, ni las actuaciones reprobables y aisladas de quienes causaren daños".

En torno a lo ocurrido el pasado 1 de octubre en Cataluña, se subraya que no hubo "ningún tipo de violencia", ya que las personas que acudieron a votar en el referéndum que pretendía celebrar el Govern "únicamente se limitaron a resistir de forma pasiva la actuación de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado".

"Aunque algunos ciudadanos concretos pudieran haberse excedido de la resistencia pasiva, y hubieran actuado activamente contra los agentes, dichas conductas en modo alguno podrían imputarse a los procesados, pues se trata de episodios completamente aislados que no permiten sostener la existencia de una violencia de entidad suficiente como para integrar el tipo de rebelión", señala el texto.

Cree que promover la independencia es "admisible" en la Constitución

Promover un proceso independentista, alegan los procesados, "es plenamente admisible en el marco constitucional español, siempre que no sea mediante el uso de la violencia" y, en este caso, "por violencia no cabe entender las manifestaciones de protesta, por numerosas que sean, ni las actuaciones reprobables y aisladas de quienes causan daños en el marco de las referidas manifestaciones".

Además, se argumenta que "tanto la convocatoria de un referéndum como la declaración de independencia de una parte del territorio de forma pacífica son hechos que no pueden subsumirse en la configuración de ningún tipo penal".

Por otra parte, el recurso elaborado por Jaume Alonso-Cuevillas también descarta el delito de malversación porque "no se cumplen los requisitos objetivos". "No concurre el elemento medular de la malversación: la deslealtad respecto de los caudales públicos administrados", apunta.

A los tres procesados, prosigue, "únicamente se les atribuyen hechos completamente genéricos y abstractos, que además no se acompañan de justificación alguna", pese a las "certificaciones de la Interventora General de la Generalitat", en las que "se garantiza que no se ha destinado cantidad alguna a la satisfacción de ningún pago vinculado al referéndum de autodeterminación" del 1 de octubre.

La extradición de Puigdemont, "única hipótesis" que contempla el gobierno

El Gobierno de España contempla como "única hipótesis" que las autoridades alemanas concedan la extradición del expresidente catalán, que sería una "lógica" consecuencia del normal funcionamiento de las instituciones de la Unión Europea". Así lo ha asegurado el ministro de Justicia, Rafael Catalá, que ha puntualizado que la solicitud de extradición y entrega fue formulada por un juez español y el Gobierno no tuvo "ninguna participación" por tratarse de un procedimiento puramente judicial.

El juez (Llarena) "describe minuciosamente actividades que tipifica con penas muy graves", y "lo razonable y lógico es que las instituciones alemanas así lo reconozcan".

Preguntado por qué hará el gobierno de España en caso de denegación de la extradición, Catalá ha descartado esa posibilidad diciendo que "la única hipótesis con que trabajamos es esa (la extradición)".