Desestiman los recursos de las eléctricas contra el Ayuntamiento de Madrid por exigir energía 100% renovable
- Gas Natural, Endesa e Iberdrola habían recurrido los pliegos para el suministro
- El consistorio madrileño primaba con 5 puntos la etiqueta A de la CNMC
El Tribunal Administrativo de Contratación Pública ha desestimado los recursos, presentados por Gas Natural, Endesa e Iberdrola, contra los pliegos de las cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del Acuerdo marco para el suministro de energía eléctrica renovable de edificios municipales y equipamientos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.
La Junta de Gobierno aprobó el pasado 1 de marzo los nuevos pliegos. En los pliegos anteriores, recurridos por Gas Natural, se daban 5 puntos adicionales si la empresa acreditaba la etiqueta A de la CNMC. En esos pliegos, la exigencia de certificación estaba en los criterios de adjudicación. En los pliegos del acuerdo de marzo de 2018 dicha exigencia está "en solvencia", según el Consistorio.
El actual acuerdo marco incorpora como criterio de solvencia técnica la certificación emitida CNMC, de que la energía comercializada es de origen 100% renovable. Un total de 76 empresas comercializadoras suministran esta energía, siendo empresas de tamaño grande, mediano y pequeño. Esto supone el 64% de las comercializadoras.
Energía renovable desde el 1 de enero de 2017
Desde el 1 de enero de 2017 toda la energía que circula por los 1.300 puntos de suministro eléctricos que hay en los edificios municipales es íntegramente de origen renovable (mezcla de hidráulica, eólica y solar).
Según ha indicado el Gobierno local, entre el 16 y el 23 de marzo entran los recursos de Gas Natural, Iberdrola y Endesa a estos nuevos pliegos. Con fecha 4 de abril, el Tribunal Administrativo de Contratación Pública acordó la suspensión del expediente de contratación a partir del momento previo a la apertura de las ofertas.
Los demandantes señalaban su interés por participar en la licitación y verse perjudicadas pues "la redacción actual de las cláusulas les impedía concurrir en igualdad de condiciones a la licitación y con la impugnación se pretende conseguir la anulación del pliego y poder participar en otra licitación que remueva las dificultades que advierten en esta licitación".
Los recursos inciden fundamentalmente en dos aspectos de los pliegos. Por una parte, consideran que no existe vinculación entre el objeto del contrato y los criterios de solvencia que se exigen. Por otra, Gas Natural considera que se trata de un criterio de capacidad técnica de imposible cumplimiento legal puesto que los certificados de garantía de origen de la energía suministrada a un consumidor se expiden una vez cumplido el contrato y por tanto no se pueden adjuntar en la documentación acreditativa de la solvencia de los licitadores.
Los recursos se acumulan y se desestiman
Pero, ahora, el Tribunal Administrativo de Contratación Pública la resolución acumula los tres recursos, y procede a desestimarlos. Asimismo, acuerda levantar la suspensión del procedimiento.
El delegado de Economía y Hacienda, Jorge García Castaño, ha destacado en los pasillos del Palacio de Cibeles que es "un grandísimo día para la responsabilidad social del Ayuntamiento con la contratación responsable que puede servir de precedente para administraciones de toda España".
"La decisión del Tribunal de la Administración de la Comunidad da la razón al Ayuntamiento a la hora de valorar de forma positiva el acuerdo marco de suministro de energía, un contrato de 82 millones con el que se adquiere la energía de edificios municipales y que exigía como criterio de solvencia técnica que las empresas que concursan tenga etiquetado A de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia", ha explicado.
Este plan supone "menos emisiones para la ciudad y generar un entorno social y empresarial que favorece la concurrencia". Ahora las empresas suministradoras de energía que trabajen con el Ayuntamiento de Madrid deberán acreditar que emplean energías renovables al 100%.
Facilita el acceso a pequeñas y medianas empresas
El acuerdo, vigente entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2020, facilita el acceso a la contratación pública a las pequeñas y medianas empresas, incorpora criterios de eficiencia energética y de inclusión social y recoge la exigencia de que la energía comercializada sea de origen 100% renovable.
Con él se incorpora como criterio de solvencia técnica la certificación emitida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de que la energía comercializada es de origen 100% renovable. De acuerdo a la CNMC en 2016, más del 65% de las empresas que participan en el sistema de garantía de origen comercializarían energía con un mínimo impacto ambiental.
Este acuerdo facilitará el acceso a la licitación de pequeñas y medianas empresas al dividirse en cuatro lotes y elevar el porcentaje de pago mediante cuotas mensuales desde el 80% al 90%. Esto posibilita que los concurrentes con menor capacidad financiera puedan acceder a la contratación pública.
Eficiencia energética
También recoge la exigencia de que la energía comercializada por la empresa sea de origen 100% renovable en consonancia con los compromisos recogidos en el Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático, que incluye la incorporación de criterios de sostenibilidad en la contratación municipal.
Otras exigencias del contrato se refieren a las medidas de eficiencia energética, entre las que figura la corrección del factor de potencia, las operaciones de ajuste de potencia contratada a la demanda real y la obligación de disponer de una plataforma para la lectura remota de los contadores de alta tensión.
Para la selección del contratista también se tendrán en cuenta las actuaciones dirigidas a la alfabetización energética y mejora de la capacitación profesional de empleados municipales. El propósito es mejorar el conocimiento de la ciudadanía y de la plantilla municipal sobre el suministro de energía y las energías renovables.