Procesan a la líder del grupo neonazi Hogar Social Madrid por el ataque a la mezquita de la M-30
- La envía a juicio por un delito de incitación al odio, en concreto por islamofobia
- La juez archiva de manera provisional la causa para otros once implicados
Una juez de Madrid ha decidido procesar a la líder del grupo neonazi Hogar Social Madrid, Melissa Domínguez, por un delito de incitación al odio, en concreto por islamofobia, por el ataque contra la mezquita de la M-30 y su difusión en redes sociales.
En un auto al que ha tenido acceso Efe, la juez Esperanza Collados, titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, ha dado por concluida la instrucción del caso con el archivo provisional de la causa para once de los presuntamente implicados en ese ataque y el procesamiento de la máxima responsable del grupo.
De este modo da la juez el último paso antes de enviar a juicio a la líder neonazi y da traslado al fiscal y a la acusación particular que ejerce la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado para que formulen su acusación.
Por un delito de incitación al odio
La juez procesa a Domínguez, de acuerdo con el criterio del fiscal, por un delito de incitación al odio, que se castiga con penas de hasta cuatro años de prisión.
Los hechos ocurrieron el 22 de marzo de 2016, después de los atentados de Bruselas, cuando un grupo de personas ligadas a Hogar Social Madrid colgaron una pancarta sobre la M-30, a unos cien metros de la mezquita en la que se leía "Hoy Bruselas, mañana Madrid".
La pancarta también incluía el emblema del grupo neonazi y una imagen de una mezquita en un círculo rojo y tachada a modo de prohibición. Los atacantes lanzaron bengalas de humo para dar visibilidad a su acción y posteriormente se dirigieron al centro islámico para insultar a los musulmanes.
Ese mismo día, el grupo publicó su ataque en la red social Twitter, en la que difundieron imágenes de lo sucedido y lo presentaron como una "acción" contra el "islamismo radical" y una "mezquita que financiaba el estado islámico" y concluían con el mensaje: "mezquitas fuera de Europa". Al día siguiente publicaron un comunicado reivindicando su acción y el 24 de abril colgaron el vídeo en Youtube.
La juez, a partir del criterio del fiscal, considera que la actuación supone una incitación al odio castigada en el artículo 510 del Código Penal con penas de uno a cuatro años de cárcel.
El fiscal considera que el contenido de los mensajes que suscitó el vídeo es prueba de que fue una incitación a una reacción de odio, hostilidad, discriminación o violencia hacia un colectivo muy concreto por motivo de su religión, es decir "islamofobia".
La Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado ha anunciado que recurrirá el auto por el archivo para el resto de los supuestamente implicados, pues considera que los hechos descritos "obligatoriamente" necesitan la participación de varias personas.