Llarena rechaza la recusación contra él de los exconsellers Toni Comín y Meritxell Serret por fraude procesal
- El juez recuerda que no es su competencia el acercamiento de los políticos presos
- Lo hace en un auto en el que deniega la libertad a Junqueras, Forcadell y Romeva
El magistrado del Tribunal Supremo que instruye la causa abierta por el procès, Pablo Llarena, ha rechazado por "fraude procesal" la recusación que presentaron contra él los exconsellers Toni Comín y Meritxell Serret, que huyeron a Bélgica con Carles Puigdemont, en un auto hecho público este jueves. En una segunda resolución conocida a la vez, vuelve a rechazar la puesta en libertad de Oriol Junqueras, Carme Forcadell y Raúl Romeva y recuerda que la competencia sobre el acercamientos de los políticos presos no es suya.
Para recursar a Llarena, Comín y Serret presentaron una demanda civil contra él en Bélgica y, basándose en la misma, pretendían cuestionar la imparcialidad del magistrado.
El juez les ha respondido que para que la existencia de un enfrentamiento en los tribunales con un juez pueda actuar como causa de recusación contra él, la cuestión debe haber sido planteada antes, y no después, de que este magistrado se ocupe de un proceso en el que quien le recusa esté implicado. Lo contrario permitiría un fraude de ley, recuerda Llarena.
El magistrado argumetna que acceder a una recusación de este tipo dejaría en manos de la voluntad de las partes apartar a cualquier instructor cuando discrepen del contenido de su investigación. Les bastaría la presentación de una demanda contra él después de iniciada la instrucción, y ello constituye un fraude procesal, resume Europa Press.
Recuerda que no es su competencia acercar a presos
Por otro parte, Pablo Llarena, ha recordado que la competencia sobre los acercamientos de presos preventivos, como es el caso de los imputados por este asunto, no es competencia suya, sino de Instituciones Penitenciarias, es decir, del Gobierno.
El magistrado ha dictado un auto, informa Efe, en el que niega al ex vicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras, a la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y al ex conseller Raúl Romeva, la salida en libertad provisional.
Llarena recuerda la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), el Reglamento Penitenciario, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la del Tribunal Supremo para explicar que quien tiene esta competencia es la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio de Interior.
En el mismo auto el magistrado acuerda dejar sin efecto las medidas cautelares personales acordadas en relación a los procesados por desobediencia, una decisión que deja sin medidas de control a los exmiembros de la Mesa del Parlament Anna Simó, Lluís Corominas, Lluis Guinó y Ramóna Barrufet.