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El BOE publica el decreto ley que permitirá la exhumación de Franco del Valle de los Caídos

  • Solo pueden estar enterrados en el Valle de los Caídos los muertos como consecuencia de la Guerra Civil española
  • El Valle, "destinado a honrar y rehabilitar la memoria de todos los fallecidos en la Guerra y en la represión política posterior"

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Tumba de Francisco Franco de El Valle de los Caídos.
Tumba de Francisco Franco de El Valle de los Caídos.

El Boletin Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado el real decreto-ley aprobado este viernes por el Gobierno, que modifica la Ley de Memoria Histórica de 2007. Según el cambio aprobado (ver .PDF), solo podrán estar enterrados en el Valle de los Caídos quienes hayan muerto como consecuencia de la Guerra Civil española, marco legal en el que se encaja la exhumación de los restos del dictador Francisco Franco. Además, el decreto pretende consagrar el Valle "como un lugar destinado a honrar y rehabilitar la memoria de todos los fallecidos en la Guerra y en la represión política posterior".

El decreto justifica la exhumación del dictador en que la Ley de Memoria Histórica recoge que "en ningún lugar del Valle de los Caídos 'podrán llevarse a cabo actos de naturaleza política ni exaltadores de la Guerra Civil, de sus protagonistas, o del franquismo'. (...) La presencia en el recinto de los restos mortales de Francisco Franco dificulta el cumplimiento efectivo del mandato legal de no exaltación del franquismo y el propósito de rendir homenaje a todas las víctimas de la contienda".

El Ejecutivo de Pedro Sánchez justifica el decreto-ley aprobado en "poner fin a esta situación". Para ello realiza una modificación a la Ley de Memoria Histórica que señala, en concreto, que "en el Valle de los Caídos sólo podrán yacer los restos mortales de personas fallecidas a consecuencia de la Guerra Civil española, como lugar de conmemoración, recuerdo y homenaje a las víctimas de la contienda", lo que habilita la exhumación de Franco, pero no la de José Antonio Primo de Rivera, fundador de la Falange Española, y que sí fue una "víctima de la contienda".

La exhumación de Franco, "de urgente y excepcional interés público"

Para garantizar este nuevo punto de la ley, se articula un procedimiento de exhumación y traslado legitimando al Consejo de Ministros para su incoación y resolución. Este procedimiento, según se señala en el BOE, "tiene en cuenta los intereses de los afectados, tanto públicos como privados, y garantiza su derecho a ser oídos" y "prevé expresamente las máximas garantías de dignidad y respeto, tanto a los restos mortales como a los familiares, quienes podrán disponer sobre su destino si lo desean".

El decreto -que entra en vigor este domingo- declara "de urgente y excepcional interés público, así como de utilidad pública e interés social, la inmediata exhumación y el traslado de los restos mortales" de Franco. Esa decisión tendrá que ser adoptada por el Consejo de Ministros -en una reunión posterior, previsiblemente el próximo 31 de agosto- "mediante acuerdo de incoación, que designará órgano instructor".

A partir de entonces, los interesados tendrán 15 días a fin de que se personen en el procedimiento y los familiares "podrán disponer en dicho plazo sobre el destino de los restos mortales, indicando, en su caso, el lugar de reinhumación". El Ejecutivo señala que si hay discrepancia entre los familiares, o si estos no manifestasen su voluntad en tiempo y forma, será el propio Consejo de Ministros el que decida sobre el lugar de reinhumación, "asegurando una digna sepultura".

Un año para llevar a cabo la exhumación de Franco

Tras este punto, la ley recoge que el Consejo de Ministros ordene la continuación del procedimiento, que incluye la remisión "al Ayuntamiento, en su caso, del proyecto necesario para llevar a cabo la exhumación" y la petición de un informe no vinculante a la Comunidad Autónoma de Madrid, documento que deberá ser emitido en el plazo máximo de un mes.

Una vez terminados estos trámites, se dará traslado a los interesados antes de la resolución para que, en el plazo improrrogable de diez días, aleguen lo que estimen oportuno sobre las mismas. Luego, "el Consejo de Ministros, mediante Acuerdo motivado, resolverá sobre si procede la exhumación y el traslado, con indicación, en su caso, del destino que haya de darse a los restos mortales afectados".

Para realizar todo este proceso, el decreto ley establece un plazo de doce meses, que empieza a contar desde que el Consejo de Ministros designe al órgano instructor, algo que, en principio, se prevé que ocurra en la próxima reunión, el viernes 31 de agosto, según recoge Servimedia.