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El Gobierno aprueba devolver a las eléctricas 15,25 millones, cantidad que pagarán los consumidores

  • Adapta así el tipo interés del déficit eléctrico que aprobó el Ejecutivo en 2014 a las sentencias del Supremo

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Tendidos eléctricos

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto para adecuar la metodología de cálculo del tipo de interés reconocido a las empresas que financiaron el déficit del sistema eléctrico del año 2013, tras los fallos del Tribunal Supremo en este sentido, y que supondrá la devolución de 15,25 millones de euros a las grandes eléctricas por este concepto, cantidad que será abonada con cargo al sistema eléctrico. Es decir, que la pagará los consumidores en el recibo.

El texto aprobado modifica el real decreto 1054/2014 de 12 de diciembre para adecuarlo a diversos fallos del Tribunal Supremo. Estas sentencias establecen que las empresas eléctricas que financiaron el déficit de 2013 tienen derecho a percibir los intereses de mercado, no sólo desde el 1 de enero de 2014, tal y como preveía la regulación anterior.

Este decreto será de aplicación a los titulares de los derechos de cobro correspondientes a la financiación del déficit de tarifa del año 2013, que se produce cuando los ingresos del sistema eléctrico no son suficientes para cubrir los costes.

Todo ello de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013 del sector eléctrico, que estableció para el año 2013 la existencia de un déficit en el sistema eléctrico de 3.600 millones de euros que se amortizarían en un plazo de 15 años.

En noviembre de 2016 y marzo de 2017, el Tribunal Supremo dio la razón a Naturgy, la antigua Gas Natural Fenosa, y a la patronal eléctrica Unesa en los recursos presentados contra la orden IET/2444/2015 por no incorporar los intereses devengados desde el momento del pago efectivo de cada una de las liquidaciones.