Entra en vigor el real decreto ley que regula la actividad de los VTC
- Fomento da una moratoria de cuatro años a estos vehículos para que sigan operando en trayectos urbanos
- Sin embargo, los Ayuntamientos podrán vetarlos completamente en sus municipios
El real decreto ley por el que se modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) entra este domingo en vigor, un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El nuevo real decreto ley que regulará la actividad de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) pretende ser una respuesta urgente con la que garantizar un equilibrio entre la oferta de servicios en esa modalidad de transporte y la que representan los taxis, dada la conflictividad registrada en los últimos meses, según publicó este sábado el BOE.
La nueva normativa, aprobada este viernes por el Consejo de Ministros, faculta a las comunidades autónomas y los ayuntamientos a regular la actividad de los vehículos de alquiler con conductor con un régimen transitorio de cuatro años para que adapten la legislación.
Esta moratoria permite a los titulares de las autorizaciones de VTC existentes a la entrada en vigor de este real decreto ley o cuyas solicitudes estuvieran pendientes de resolverse seguir operando cuatro años más en el ámbito urbano como hasta ahora.
Tras ese período, las autorizaciones de VTC de ámbito estatal quedarán habilitadas únicamente para prestar servicios interurbanos.