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Madrid reduce la velocidad a 30 km/h en parte de sus calles y permite cruzar fuera de los pasos de peatones en zonas 30

  • El Ayuntamiento pide no confundir la zona 30 con las calles donde se puede circular a 30km/h
  • El Pleno del Ayuntamiento ha aprobado la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible

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Madrid reduce la velocidad de circulación a 30 km/h en la mayoría de sus calles
Vista de la Gran Vía desde la plaza de España. Madrid reduce la velocidad de circulación a 30 km/h en la mayoría de sus calles

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este viernes la nueva ordenanza de movilidad sostenible que entre otras medidas, reduce a 30 kilómetros por hora la velocidad de circulación en el 85% de las calles, así como también permite cruzar a los viandantes fuera de los pasos de peatones únicamente en la zona 30 -zonas señalizadas como tal donde la velocidad máxima es de 30 kilómetros hora-.

Calles a 30 en Madrid

 AYUNTAMIENTO DE MADRID

La nueva norma, que ha sido aprobada este viernes en un Pleno extraordinario con los votos de Ahora Madrid y PSOE y el rechazo de PP y Ciudadanos, entrará en vigor el mismo día en el que se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en un plazo de alrededor de una semana.

Este texto, que sustituye a uno anterior de 2005, revisado en 2007, 2010, 2012, 2014, y 2016, regula nuevas formas de movilidad urbana y compartida (como patinetes eléctricos o segway), da prioridad al peatón, limita el aparcamiento de motos y bicis, así como también limita la circulación de patines, patinetes y monopatines, que nunca podrán superar el ritmo de los viandantes.

También recoge los cambios de movilidad previstos en Madrid Central -la gran área que desde el 23 de noviembre impedirá el acceso al centro de la capital española al tráfico de no residentes, a excepción de coches Eco y Cero Emisiones y los que acudan a aparcamientos-, y el protocolo de actuación para episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno.

Novedades de la nueva ordenanza

Las principales novedades de la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible:

  • Limitación de velocidad

A partir de que entre en vigor la ordenanza, se limita la velocidad a 30 km/h en las calles de un solo carril por sentido o de carril único, mientras que en las calles de plataforma única, donde acera y calzada están a la misma altura, el límit de velocidad estará en 20 km/h.

Tan solo en las vías que forman parte de la Red Básica de Transportes, el límite seguirá fijado en 50 km/h. También las calles donde haya más de un carril por sentido podría fijarse la misma limitación, si la seguridad vial así lo aconseja.

Sólo quedan excluidas la M-30, la M-40 y las vías de alta capacidad de acceso a la capital. En total, el límite afecta a un 85% de las calles de la capital.

  • Peatones

En materia de movilidad de peatones, la ordenanza da prioridad a los viandantes, en especial del colectivo de personas con movilidad reducida, que queda especialmente protegido de cara a la seguridad vial y a los aparcamientos, y a los que le da prioridad absoluta sobre el resto de usuarios.

Paso de cebra al inicio de la calle Claudio Coello de Madrid

Paso de cebra al inicio de la calle Claudio Coello de Madrid. Google Maps

Una de las principales novedades es que en la zona 30, espacios especialmente señalizados con el cartel de zona 30 y en los que la velocidad máxima de circulación para los vehículos es de 30 kilómetros por hora, los ciudadanos podrán cruzar la calzada fuera de los pasos de peatones, aunque advierte de que "deberán cerciorarse previamente de que pueden hacerlo sin riesgo ni entorpecimiento".

Esta zona 30 no se corresponde exactamente con las calles cuya limitación de velocidad es 30 km/h también. Además, el Ayuntamiento aumentará el control con los llamados fotos-rojos, los semáforos con cámaras.

También la ordenanza establece que las aceras y zonas peatonales son especios preferentes para el tránsito de las personas, por lo que queda "prohibido con carácter general el acceso, circulación y estacionamiento de vehículos", y aunque excepcionalmente algún vehículo pudiera ser autorizado a transitar por esos espacios, deberán "acomodad su marcha a los peatones" y "evitar causar molestias o crear peligro".

  • Vehículos de Movilidad Urbana (patinetes eléctricos, segways...)

Se clasificarán en tres tipos: A, B, C. Serán de tipo A, las plataformas de una o dos ruedas y patinetes con motor, De tipo B, los segways y los patinetes eléctricos. Y serán de tipo C, las bicicletas con cesta grande, las bicis de pasajeros, los trixies, las bicis para reparto (DUM).

Un tramo de la calle Rodríguez Marín de Madrid

Un tramo de la calle Rodríguez Marín de Madrid. Google Maps

Una de las principales novedades en este aspecto es que a partir de ahora todos estos vehículos de Movilidad Urbana, en función de su tipología, podrán circular por ciclocalles ( en las que ahora conviven bicicletas y vehículos), calles residenciales, carriles bici, pistas bici, sendas bici, y calles que tengan un límite de velocidad de 30 kilómetros por hora, pero siempre respetando la prioridad del peatón.

Aunque en el caso de los segways y patinetes eléctricos, se ha incluido un plazo de un año para analizar la posibilidad de que circulen por las ciclocalles. En el caso de los patinetes, podrán circular por todas las "calles 20" y las "calles 30", lo que supone prácticamente el 95% de las vías. Por las calzadas, los patinetes deberán circular por la parte central del carril.

Se prohíbe expresamente la circulación de los patinetes por los carriles bus, así como por los tramos de la M-30 sin semáforos, y "se podrá restringir su circulación por túneles".

La edad mínima para poder circular con un vehículo de movilidad urbana es de 15 años. Los menores de esa edad podrán utilizarlo en zonas cerradas al tráfico rodado y siempre que estén acompañados de sus padres o tutores. Además, para los menores de 16 años es obligatorio el uso del casco.

  • Patines y patinetes sin motor y bicicletas

La ordenanza afecta de manera diferente en el caso de usar patines y patinetes sin motor. En este caso, podrán circular por aceras y otras zonas peatonales, pero siempre a la misma velocidad que los viandantes y nunca excediendo los 5 km/h, o a una velocidad de 10km/h como máximo en el caso de aceras bici y sendas ciclables.

En cuanto a las bicicletas, se prohíbe la circulación por las aceras y calles peatonales, salvo para los menores de 12 años que vayan acompañados de un adulto a pie y siempre que no sobrepasen los 5 km/h.

Otra novedad es que las bicicletas podrán girar a la derecha aunque el semáforo esté rojo, pero siempre respetando la prioridad del resto de usuarios. También podrán circular en ambos sentidos de la marcha en calles residenciales donde la limitación de velocidad sea de 20 km/h.

El Ayuntamiento prohíbe, por motivos de seguridad, los ciclos de más de cuatro ocupantes, del tipo los 'bicibirras', que se usan para celebración de fiestas o itinerarios turísticos.

  • Aparcamientos

Además de la zona de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) ya existente, se crea una nueva, aplicable en "barrios con efecto frontera o alta intensidad de estacionamiento". Se trata de las Zonas de Aparcamiento Vecinal (ZAV).

En estas zonas, los vecinos podrían estacionar sin pago de tasa alguna y sin limitación de tiempo. Por su parte, los no residentes en la zona ZAV o de otros barrios donde no se aplique el SER, el estaciomiento máximo será de dos horas.

A partir de 2020, en aplicación del Plan de Calidad del Aire, el llamado Plan A, los vehículos sin el distintivo ambiental de la DGT no podrán ser estacionados en las zonas del SER, excepto a los residentes en su propio barrio.

En cuanto al estacionamiento para vehículos de dos ruedas (motos, ciclomotores, bicis y segways y patinetes eléctricos),la nueva ordenanza no permitirá que puedan aparcar en cualquier parte como hasta ahora. De este modo, solo podrán aparcar en zonas habilitadas para ellos, y si no las hubiera, podrán hacerlo en aceras, siempre y cuando dejen más de tres metros de ancho libre o cinco metros de distancia de un paso de cebra.

Apuesta por la sostenibilidad y prevalencia del peatón

La delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, ha subrayado que la ordenanza es "una apuesta decidida por modos sostenibles y por la prevalencia del peatón y la extensión de su espacios así como por la promoción de la movilidad ciclista y el transporte público". Aedmás, el texto significa para Sabanés un "compromiso con la salud y el medio ambiente".

Por su parte, el portavoz del PSOE en materia de Movilidad y Medio Ambiente, Chema Dávila, ha aplaudido la aprobación de esta ordenanza, a la que ha descrito como un "hito del cambio" que ayuda a la capital a situarse "entre las grandes metrópolis", y ha subrayado que el texto tiene como prioridad "proteger al más débil" que es el peatón.

Por contra, para la concejal del PP Inmaculada Sanz, esta ordenanza muestra el "fracaso" de la movilidad de Manuela Carmena, que desde su llegada hace perder tiempo a los madrileños por los atascos y que no ha mejorado los índices de contaminación.

También para el portavoz de Ciudadanos en materia de Medio Ambiente y Movilidad en el Ayuntamiento de Madrid, Sergio Brabezo, esta nueva norma de movilidad nace como "un gran error" para la capital y será finalmente "un pufo para el siguiente mandato".