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La banca se desploma en la Bolsa tras la sentencia del Supremo

  • Las entidades bancarias acusan el revés judicial y retroceden al cierre más de un 6%

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Panel de la Bolsa de Madrid
Panel de la Bolsa de Madrid.

El principal indicador de la Bolsa española, el IBEX 35, ha perdido este jueves un 1,20% y continúa por debajo de los 9.000 puntos, arrastrado por las fuertes pérdidas que ha sufrido la banca tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo que determina que son las entidades las que deberán abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria y no los clientes.

Los seis bancos del IBEX 35 han protagonizado las mayores caídas en la sesión bursátil de este jueves. El banco más perjudicado en Bolsa en esta jornada ha sido Sabadell, que se ha desplomado un 6,69%, hasta los 1,17 euros por acción, seguido de Bankinter, que lo hacía un 6,26%, hasta los 7,35 euros por título, y Bankia, cuyas acciones han caído por debajo de los tres euros por acción, concretamente hasta los 2,97 euros (-5,1%).

Se da la circunstancia de que estas tres entidades son las que aglutinan hipotecas medias de importes más elevados, por lo que el riesgo de impacto podría ser mayor.

CaixaBank se ha dejado un 4,53%, hasta los 3,64 euros por título, mientras que los bancos del IBEX 35 menos penalizados han sido Santander (-2,04%) y BBVA (-2,69%).

Con estos desplomes, los seis bancos del IBEX35 han perdido en total más de 5.500 millones de capitalización bursátil en una jornada.

Sentencia revisada

El Tribunal Supremo ha modificado su jurisprudencia anterior y corrige una sentencia previa del 28 de febrero de este mismo año.

El alto tribunal interpreta el texto refundido de la ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) y su reglamento y concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como su jurisprudencia anterior sostenía), sino la entidad que presta la suma correspondiente.

Tiene en cuenta que el negocio inscribible es la hipoteca y que el único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de aquellos negocios es el prestamista, "que solo mediante dicha inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y privilegiada que deriva la hipoteca".