El Supremo anula la decisión de que los consumidores paguen 17,3 millones por el almacén de gas Castor
- El Alto Tribunal dice que no se han podido acreditar esos abonos en 2014 y 2015 para costear su mantenimiento
- En caso de existir, el Gobierno debe proceder al reintegro de las cantidades abonadas por los clientes
El Tribunal Supremo ha anulado la orden ministerial por la que se obligó a los consumidores de gas a asumir el coste del mantenimiento y la operativa del almacén subterráneo de gas Castor, que tuvo que entrar en hibernación al ser el causante de decenas de seísmos que se produjeron en la zona de Castellón, pago que ascendió a algo más de 17,3 millones de euros en los años 2014 y 2015.
El Alto Tribunal ha fallado así a favor de la patronal multisectorial catalana Cecot, que recurrió que estos cargos -en principio abonados a la empresa pública Enagás, que se hizo cargo del mantenimiento de la infraestructura- los tuvieran que asumir pequeños y grandes consumidores. Este punto fue desarrollado en la disposición adicional séptima de la Orden de 19 de diciembre de 2014, que ahora ha anulado el Supremo.
En la sentencia se señala que "en el curso del proceso no ha quedado debidamente acreditado que efectivamente se hayan realizado pagos ni, por tanto, las fechas y cuantías de los que se hayan podido realizar".
No obstante, el Supremo considera que "la Administración debe obrar en consecuencia para llevar a efecto ese pronunciamiento anulatorio y, en su caso, adoptar las medidas procedentes para proceder al reintegro de las cantidades abonadas".
Impugnadas las órdenes de los ejercicios posteriores
El Gobierno central dispone ahora de dos meses para reintegrar este dinero, según ha señalado Cecot, que se ha abonado "por el mantenimiento de una infraestructura que ni se ha llegado a poner en funcionamiento ni ha prestado servicio alguno".
La patronal catalana asegura que mantiene impugnadas otras órdenes ministeriales, las correspondientes a los ejercicios 2016, 2017 y 2018 del Real Decreto-ley 13/2014.
Según sus cálculos, si las sentencias del Alto Tribunal también les son favorables, entonces el Ejecutivo tendrá que devolver a los consumidores de gas alrededor de 200 millones de euros.
La orden ministerial tumbada por el Supremo ahora desarrolla el Real Decreto-ley 13/2014 por el que también se estableció, además, una indemnización de 1.350 millones de euros a ACS, anulada por el Tribunal Constitucional.
A finales del pasado mes de enero, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) paralizó los pagos destinados a materializar el derecho de cobro por la deuda del almacén Castor, que está en manos de Banco Santander, Bankia y Caixabank, según consta en el informe de la liquidación provisional del sector gasista correspondiente al pasado mes de noviembre, recoge Europa Press.