Dos hombres que forzaron a una mujer son condenados por abuso y no por agresión al considerar que no usaron violencia
- La víctima lloró diciéndoles "no" y pidiéndoles que pararan, no se resistió físicamente por miedo
- Los dos acusados han sido defendidos por un abogado de 'La Manada'
En pleno debate de la sentencia de "La Manada", que el pasado 26 de abril condenó a sus cinco miembros a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual a una joven durante los Sanfermines e interpretó que el delito era el de abuso sexual y no el de agresión, esta tarde la Audiencia de Lleida ha condenado a dos hombres por abuso sexual a una mujer al considerar que no hubo violencia pese a que la víctima dijo "no".
La sentencia condena a cuatro años y medio a un tío y a su sobrino por sendos delitos de abuso sexual a una mujer con la que mantuvieron relaciones sexuales sin su consentimiento el 17 de agosto de 2017 a la salida de un bar de Vielha (Lleida), pese a que la Fiscalía pedía 15 años por un delito continuado de agresión sexual.
Los dos han sido defendidos en el juicio por el abogado Agustín Martínez, que lleva entre otros casos a algunos miembros de 'La Manada'.
Según la sentencia, del testimonio de la joven no puede concluirse que las prácticas sexuales a las que fue sometida "se realizaran venciendo su voluntad mediante una acción violenta o intimidativa, que permitan calificar el atentado a su libertad sexual como delito de agresión".
En el juicio los acusados reconocieron haber mantenido relaciones sexuales con la víctima pero alegaron que fueron consentidas, mientras que la víctima explicó, entre sollozos, que el día de los hechos lloró diciéndoles "no" y pidiéndoles que pararan, y que no se resistió físicamente por miedo.
"Le dijo repetidamente llorando 'no'"
A juicio del tribunal, las prácticas sexuales "se llevaron a cabo en todo caso, aprovechándose los autores para abusar de ella de su carácter vulnerable, lo que unido a la previa ingesta de bebidas alcohólicas y ansiolíticos, posiblemente pudo debilitar su capacidad de defensa, haciendo ya por ello innecesario acudir a actuaciones violentas o intimidatorlas".
La Audiencia Provincial considera probado que tras conocerse en un local de Vielha, los dos hombres salieron y la víctima comenzó a besarse con el tío, quien la penetró vaginalmente pese a que ella "le dijo repetidamente llorando 'no' y 'por favor para".
La sentencia, que les impone una indemnización de 7.000 euros cada uno, señala que cuando acabó el tío se dirigió al sobrino que había acudido al lugar "y le dijo 'Ahora te toca a ti" y que el sobrino la penetró vaginalmente mientras la chica seguía llorando.
Agustín Martínez ha avanzado que recurrirá la sentencia, pedirá la libertad de ambos que están en prisión preventiva y ha recordado que la Fiscalía pedía 15 años de cárcel por un delito continuado de agresión sexual para cada uno de ellos, algo que el tribunal no ha secundado.
"Mañana mismo pediré la libertad para ambos, con una condena de cuatro años ya pueden salir a la calle", ha afirmado Martínez.