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La Justicia obliga a los bancos a devolver todo el dinero que cobraron por las cláusulas suelo "sin límite temporal"

  • La Audiencia Provincial de Madrid falla así en la macrocausa contra 40 entidades bancarias

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La Justicia obliga a los bancos a devolver el dinero que cobraron por las cláuslas suelo más intereses

La Audiencia Provincial de Madrid ha fallado este viernes a favor de la asociación de consumidores Adicae en el marco de su macrodemanda por cláusulas suelocontra unas 40 entidades bancarias, a las que obliga a devolver a los clientes "todas las sumas percibidas" de forma indebida desde el comienzo de la contratación más intereses. El tribunal ha declarado también nulas dichas cláusulas.

El auto "condena a las entidades bancarias demandadas a devolver a los consumidores perjudicados las cantidades indebidamente abonadas en aplicación de las cláusulas con los intereses que legalmente correspondan".

Los magistrados que componen la sección 28 han reconocido el derecho de los perjudicados a recuperar el dinero abonado de más a sus bancos más intereses legales, "sin la limitación temporal" apreciada en primera instancia.

Interpuesta en 2010 por unas 9.000 familias contra 101 entidades de las que finalmente quedarían 40 tras los procesos de fusión, la macrodemanda obtuvo una victoria en primera instancia hace más de dos años en un fallo que obligó a las entidades a devolver el dinero a partir de la fecha en la que el Tribunal Supremo declaró la primera nulidad de las cláusulas suelo, el 9 de mayo de 2013.

Dicha sentencia, dictada meses antes de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) concediera la total retroactividad a los afectados, fue especialmente celebrada por los 15.000 perjudicados adheridos a la causa promovida por Adicae, que estimaba el perjuicio anual medio en 2.000 euros y calculaba que el impacto para la banca podría ser de unos 1.000 millones.

Con todo, la agrupación recurrió para que el resarcimiento se ampliara hasta el momento de la firma de la hipoteca al entender que "no concurre riesgo alguno de insolvencia" para las entidades condenadas, "ni sistémico para la economía nacional" que justificasen el que no se aplicara el "efecto natural de la nulidad de la cláusula".

Algo en lo que ahora conviene esta sección de la Audiencia Provincial, compuesta por los magistrados Ángel Galgo, Enrique García y Francisco de Borja Villena, que remiten a la doctrina comunitaria y rechazan los argumentos de la banca, que, entre otros aspectos, alegó falta de legitimidad de Adicae en el procedimiento.

En un comunicado, la asociación que preside Manuel Pardos ha celebrado la "victoria histórica" de los consumidores en esta macrodemanda, la "mayor acción judicial" contra el que consideran el "mayor fraude de la banca" en la historia de España.