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La prórroga obligatoria del contrato de alquiler pasa a ser de cinco años y la fianza a exigir se limita a dos mensualidades

  • El Ejecutivo no contempla medidas de intervención en el precio del mercado del alquiler, pactadas con Podemos
  • La prórroga tácita del contrato se eleva a 3 años y el arrendador, si es persona jurídica, asume los gastos de gestión

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Viviendas en Madrid
Viviendas en Madrid.

El Gobierno ha aprobado este viernes el Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler por el que la prórroga obligatoria del contrato de alquiler pasa a ser de cinco años (siete si el arrendador es una persona jurídica), en lugar de los tres actuales, y la prórroga tácita del mismo se eleva de 1 a 3 años. Además el Ejecutivo limita a dos mensualidades la fianza que pueda exigir el arrendador, pero evita medidas de intervención en el precio del mercado.

Así lo ha explicado el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, donde ha señalado que a preguntas de la prensa que el Ejecutivo no ha aprobado medidas de intervención en el precio. "No contemplamos medidas de intervención en los precios del mercado", ha asegurado el ministro, para quien este decreto "no pretende integrar todas las propuestas del PSOE ni de los acuerdos con otras formaciones, si no todas las medidas que son urgentes".

No contemplamos medidas de intervención en los precios del mercado

El ministro de Fomento se ha pronunciado así al ser cuestionado por qué no se había incluido en este proyecto medidas para intervenir los precios del mercado, algo que había acordado con Unidos Podemos en su acuerdo presupuestario. "Todo lo que esté dentro de los Presupuestos se aprobarán en ese marco", ha señalado Ábalos.

A este respecto, el secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, ha señalado que el acuerdo presupuestario contemplaba "controlar" y "bajar" los precios del alquiler. Este Real Decreto-ley "incumple el acuerdo, que era otra cosa, y esperamos que rectifique" para que Podemos pueda apoyar esta medida, ha manifestado Iglesias en declaraciones a los periodistas en Guernica (Vizcaya).

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No se repercutirá el IBI al inquilino en el alquiler social

El decreto -que debe ser convalidado por el Congreso de los Diputados antes de un mes- pretende, según ha señalado el ministro de Fomento, dar respuesta a la "difícil situación que se da en el mercado de alquiler".

Sobre los puntos de la norma, Ábalos ha asegurado que en el caso de la prórroga obligatoria del contrato de alquiler supone "volver a la situación anterior" a la reforma del Gobierno de Mariano Rajoy que, según ha subrayado el titular de Fomento, no ha logrado reducir el precio del alquiler. Con la medida aprobada aumenta el plazo legal mínimo en el que el inquilino puede permanecer en la vivienda arrendada.

Respecto a la fianza, la limitación de las garantías adicionales hasta un máximo de dos mensualidades, salvo que se trate de contratos de larga duración, supone, según Ábalos, acabar con la situación actual en que el arrendador "puede plantear cualquier exigencia" al arrendatario.

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Además, a partir de ahora será el arrendador quien se haga cargo de los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato siempre que sea una persona jurídica (por ejemplo, un banco), salvo aquellos gastos en los que se haya incurrido por iniciativa directa del arrendatario.

Asimismo, se facilita la adopción de acuerdos entre el propietario y el inquilino para la renovación o mejora de la vivienda en el transcurso de un mismo contrato, sin esperar, como hasta ahora, a que finalice. Otra de las medidas es que ya no se tendrá que repercutir de forma obligatoria el IBI al inquilino en el alquiler social.

Se paran los desahucios hasta hallar una alternativa habitacional

El decreto, según ha explicado el ministro de Fomento, incluye cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil para que se paralicen los desahucios hasta que se encuentre una alternativa habitacional en los casos que afecten a personas o familias vulnerables. Además se establecen medidas para impulsar una mayor coordinación entre los servicios sociales y los tribunales.

En este punto ha destacado que el 65% de los desahucios ejecutados en el tercer trimestre de este año según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) son consecuencia de impagos del alquiler, que suben a un ritmo anual del 5%, y que para el 42% de los hogares en alquiler, pagarlo supone más del 40% de los ingresos, 17 puntos por encima de la media europea, recoge Servimedia.

En materia de vivienda turística, el decreto modifica la ley de propiedad horizontal para permitir, por una mayoría cualificada de tres quintos, que las comunidades de vecinos limiten o condicionen la actividad turística en sus edificios, así como que dichos apartamentos deban aportar más a los gastos comunitarios, aunque con un límite.

También se permitirá a los ayuntamientos con superávit destinarlo a promover su parque de vivienda pública y poder establecer una bonificación de hasta el 95% en la cuota del IBI para las viviendas sujetas a alquiler a precio limitado. Asimismo, introduce en la Ley Reguladora de Haciendas Locales la definición de inmueble de uso residencial desocupado con carácter permanente para que los ayuntamientos puedan aplicar el recargo del IBI que se estableció en 2002.

Accesibilidad de los edificios

Con objeto de estimular la realización de obras de adaptación o mejora de la accesibilidad, se modifica la Ley sobre Propiedad Horizontal para aumentar, en un plazo de tres años, al 10% el fondo de reserva de las comunidades de propietarios, y establecer la posibilidad de que se destine a la realización de obras en materia de accesibilidad.

En total, el Real Decreto-ley modifica cinco leyes: la de Propiedad Horizontal, la Ley de Enjuiciamiento Civil, el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el de la Ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Fomento ha recordado que prepara otras iniciativas en materia de vivienda como la tramitación de una ley que garantizará el derecho a la vivienda en todo el Estado, configurándola como servicio público e impidiendo la enajenación del parque público de vivienda a fondos de inversión, o un plan de 20.000 viviendas a desarrollar en un plazo de cuatro a seis años y que se destinarán a alquiler.