Los servicios jurídicos de la Eurocámara descartan la inmunidad para Puigdemont si es elegido eurodiputado
- Su presencia en Madrid es necesaria para jurar o prometer la Constitución española y ser incluido en la lista de diputados
- Si vuelve a España y es detenido, la recogida del escaño dependería de las autoridades españolas
Los servicios jurídicos del Parlamento Europeo (PE) han descartado que el expresidente catalán huido de la Justicia, Carles Puigdemont, pueda obtener inmunidad por el mero hecho de ser elegido en las elecciones europeasy que pueda, en consecuencia, ser eurodiputado.
"Un candidato con una orden de detención nacional en España puede ser candidato [...] Su presencia en Madrid es necesaria para jurar o prometer la Constitución española y ser incluido en la lista de diputados que las autoridades españolas comunicarán al Parlamento Europeo", dice un análisis realizado por los juristas del PE a petición del presidente, Antonio Tajani y al que ha tenido acceso la agencia Efe. Dichas prerrogativas no tendrán efecto hasta que se constituya la nueva legislatura, el próximo 2 de julio en Estrasburgo.
Los servicios jurídicos de la Eurocámara insisten en que esta inmunidad es aplicable a la actividad llevada a cabo en el entorno como miembro de la Eurocámara, pero no tiene nada que ver con la actividad llevada a cabo a nivel nacional o regional. Y en este caso, la orden de detención contra Puigdemont sigue activa en todo el territorio español.
Puigdemont debería ir a Madrid a recoger el acta antes del 2 de julio
"De acuerdo al artículo 146 del reglamento, la protección del artículo 9 [referente a la inmunidad] extiende sus efectos para los nuevos elegidos en la Eurocámara el 2 de julio de 2019 a las 10 de la mañana", señala el punto 12. En el texto, que se refiere en términos generales a los españoles que tengan procedimientos criminales abiertos y sus opciones de concurrir a las elecciones, y en los que se encuentran los líderes independentistas en prisión o huidos, se recuerda también que la presencia para jurar la Constitución, trámite imprescindible, debe ser "física".
"Es un requisito constitutivo para la inclusión en la lista [de eurodiputados] que las autoridades deben comunicar al Parlamento Europeo", señalan los juristas.
Respecto a los candidatos en prisión, el documento indica que las autoridades españolas "han dado permisos penitenciarios en el pasado para cumplir" con el objetivo de tomar el acta y jurar la Constitución, pero añade que eso se ha decidido "caso por caso y según las circunstancias".
Para el caso de Puigdemont o los otros huidos, se dice que "un candidato con una orden de detención nacional en España puede ser candidato", pero añade que su "presencia en Madrid" es necesaria para jurar o prometer la Constitución española y "ser incluido en la lista de diputados que las autoridades españolas comunicarán al Parlamento Europeo", dice el texto.
"Si fuera detenido en ese momento, las autoridades judiciales españolas tendrían que autorizar que pudiera cumplir estos trámites. Sin esa autorización, la recogida del escaño dependería de las autoridades judiciales españolas", añade en las conclusiones el texto, de 19 puntos.