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Elecciones Europeas 2019

Puigdemont, Ponsatí y Comín podrán concurrir a las elecciones europeas tras la decisón de dos juzgados

  • El Supremo había derivado la decisión al contencioso-administrativo
  • La Justicia ordinaria concluye que no hay ninguna situación de "inelegibilidad"

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La justicia permite a Puigdemont, Ponsatí y Comín presentarse a las elecciones europeas

La Justicia ha decidido que el expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont pueda presentarse a las elecciones europeas del próximo 26 de mayo, al estimar que no se lo impide el hecho de estar en situación de fugado de la justicia española. La decisión se extiende a los exconsejeros Antoni Comín y Clara Ponsatí, también huidos de la Justicia como Puigdemont.

Así lo han acordado los juzgados de lo Contencioso-Administrativo números 9 y 21 de Madrid en sendos autos en los que estiman los recursos de Puigdemont y Ponsatí el primero y de Comín el segundo contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de excluirles de la lista de Lliures per Europa (Junts) a las elecciones europeas del 26M.

Por lo tanto, Puigdemont encabezará ahora esa lista, tal y como estaba previsto.

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La decisión de la JEC no es "conforme a derecho"

La JEC había decidido el pasado lunes por mayoría de sus miembros excluir a Puigdemont y sus antiguos colaboradores Comín y Ponsatí porque su candidatura era una "burla" a la ley al pretender concurrir a los comicios pese a estar huidos, e incumplían la normativa electoral al no ser residentes en las localidades españolas donde están empadronados. Los tres políticos están investigados por su participación en el proceso de independencia de Cataluña de otoño de 2017.

Los autos judiciales emitidos este lunes anulan la decisión de la JEC porque no ser "conforme a derecho". "No se exige para los candidatos a las elecciones que deban estar inscritos en el censo - explica la sentencia del juzgado número 9 - sino que reúnan los requisitos para ello".

El auto recuerda que los tres políticos catalanes están empadronados en municipios españoles (es decir, que cumplen el requisito para estar en el censo) y que la situación de "rebeldía" no constituye una causa de "inelegibilidad", como ya indicó el Supremo en el auto en el que remitía el asunto a la jurisdicción ordinaria contencioso-administrativa.

La declaración de "rebeldía" es imputable al magistrado Llarena

Además, la sentencia establece que "es indiscutiblemente falso que la situación de rebeldía en la que se encuentra en España le sea imputable personalmente" a los candidatos. "La situación de rebeldía procesal en la que se encuentran hoy en día los candidatos excluidos de la candidatura de Junts es directamente imputable a la decisión del magistrado instructor del Tribunal Supremo [Pablo Llarena] que retiró unilateralmente y por propia voluntad las órdenes de extradición".

"Lo cual, dicho sea de paso, no casa tampoco con el hecho de que todos ellos tengan domicilio conocido y desplieguen actividad pública con normalidad, hasta el punto de presentarse a las elecciones", añade el tribunal.

Llarena decidió retirar las órdenes internacionales de detención contra Puigdemont en las condiciones acordadas por el Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein (Alemania), es decir, para ser juzgado sólo por un delito de malversación de caudales públicos pero no por rebelión o sedición.

El PP recurrirá la decisión

El presidente del PP, Pablo Casado, ha anunciado que su partido presentará un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la decisión de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Casado ha hecho este anuncio en la rueda de prensa en el Palacio de la Moncloa tras entrevistarse con el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez.

El líder de los populares ha explicado que su formación considera un "fraude de ley" que un fugado de la justicia española aspire a representar a este país para seguir haciendo "propaganda" pagada con fondos públicos contra el mismo país al que aspira a representar.