De la "fuerza intimidatoria" para la Fiscalía al "no es no, pero hay que decir no" del abogado de 'La Manada"
- El Supremo, que ha condenado a 'La Manada' a 15 años por violación, ha celebrado previamente la vista oral
- La Fiscalía y el resto de acusaciones han pedido hasta 18 años por agresión, y la defensa, la libre absolución
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El Tribunal Supremo, que ha condenado a los cinco miembros de 'La Manada' a 15 años de prisión por violación, ha celebrado este mismo viernes -horas antes de que que hiciera público su fallo- la vista oral en el que las acusaciones y la defensa han expuesto sus recursos de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que confirmó en diciembre la condena de 9 años solo por abusos sexuales al no apreciar ni violencia ni intimidación. Estas han sido las posturas defendidas por las partes:
1. La Fiscalía: "No se puede exigir a las víctimas actitudes heroicas"
La Fiscalía pidió al Supremo que condenara a 'La Manada' a 18 años de prisión al considerar que los "hechos probados son constitutivos de un delito continuado de violación" ya que los acusados se valieron de una "fuerza intimidatoria suficiente" que les "permitió" doblegar a la víctima para agredirla sexualmente. En este sentido, expresó su "absoluta discrepancia con el encaje jurídico" que hicieron de los hechos las dos anteriores sentencias al descartar la agresión sexual al no apreciar violencia y/o intimidación y argumentó que sí se dio esta última.
"No consta en los hechos probados que la víctima consintiera o accediera a mantener tales relaciones sexuales. No consta que los agresores solicitaran de la víctima mantener tales relaciones. Consta simplemente que los acusados con su sola presencia y su actitud constriñeron la voluntad de la víctima que no pudo ofrecer reacción alguna", ha argumentado la fiscal del Supremo Isabel Rodríguez.
Para apoyar su argumentación, Rodríguez citó varias sentencias del Supremo, pero en especial una muy reciente, la 216/2019 de 24 de abril, que estableció que la fuerza necesaria para hablar de agresión sexual puede ser violenta o "de carácter intimidatorio". Y que esta intimidación "adquiere múltiples formas" y puede producirse "unas veces a causa del espacio físico (...), en otras ocasiones por la soledad del paraje (...) y en otras por la concurrencia de varios autores". La representante del Ministerio Público cree que en este caso se dan los tres supuestos: unos hechos cometidos en un "espacio físico opresivo, un espacio físico aislado y que fueron cometidos por cinco personas".
Isabel Rodríguez ha argumentado que cualquier "observador neutral" puede concluir que cualquier persona en la situación de la víctima hubiera llegado al convencimiento de la "inutilidad" de plantear una oposición para evitar "males mayores" y que de esta manera se "plegara a la voluntad de los agresores. "No se puede exigir a las víctimas actitudes peligrosamente heroicas", ha rematado la representante del Ministerio Público recordando unas palabras del propio Supremo de 1996.
En su turno el abogado de la víctima, Carlos Bacaicoa, se adhirió a las valoraciones de la Fiscalía y pidió una pena de 18 años y 9 meses para los condenados por agresión sexual. Los letrados de las acusaciones populares, que ejercen en el Ayuntamiento de Navarra y el Gobierno Foral, incidieron en que también veían "violencia", no solo intimidación.
2. El abogado de 'La Manada': "No es no, pero hay que decir no"
El abogado que defiende a los cinco miembros de 'La Manada', Agustín Martínez Becerra, pidió en la vista oral la libre absolución de sus clientes y puso en duda los propios hechos probados, insistiendo en que las relaciones sexuales fueron consentidas y buscadas en todo momento por la víctima, que denunció solo por el miedo de que se difundieran las imágenes del encuentro.
Martínez Becerra comenzó su intervención insistiendo en que no han tenido "un juicio justo con todas las garantías" porque entre otras cosas, "la sociedad dictó sentencia [condenatoria] el 8 de julio de 2016" lo que, en su opinión, cerró la puerta a cualquier resolución judicial que fuera absolutoria.
La intervención del letrado giró en todo momento en poner de relieve que desde que la víctima conoció a los condenados convinieron en tener relaciones y que así lo demostraría, según él, el recorrido que hicieron de madrugada por Pamplona. "Iban buscando un lugar oscuro y oculto y ella encabezaba el grupo", dijo en un momento dado. "No eran cinco lobos que iban rodeando a una chica", añadió.
Una de las disertaciones más llamativas se produjo cuando el abogado de la defensa hizo suyo el lema feminista de "no es no" para intentar demostrar que la víctima consintió en todo momento: "¿Qué tenía que hacer la denunciante? Simplemente decir no. Se ha utilizado una frase que se ha convertido en eslogan. "No es no". No podemos por menos que compartir esa frase, claro que "no es no", pero para que sea no hay que decir no "
"No hace falta decir no [verbalmente], pero sí intentar gestionar mínimamente una reacción negativa para que la parte contraria pueda entender claramente que lo que va a ocurrir a partir de ahora es de su exclusiva responsabilidad", añadió, para incidir que en el caso de 'La Manada' no se manifestó el "no" de "ninguna manera" porque las relaciones fueron consentidas. De hecho ha recordado que la propia víctima en el juicio dijo que el hecho de que no hiciera nada y cerrara los ojos pudo ser interpretado por ellos tanto "como que quería como que no quería" tener sexo.
Tras la intervención de Martínez Becerra, la fiscal ha vuelto a intervenir para negar el argumento de que todo fue consentido, una "juerga" entre los cinco y la víctima, como plantea la defensa. "¿Qué juerga acaba con una persona tirada desnuda en el habitáculo de un portal de una calle desconocida, a las tres de la mañana?", se ha preguntado retóricamente Rodríguez, que ha incidido en el detalle de que le robaron el móvil no por un motivo económico -porque tiraron el terminal en una papelera- sino para que no pudiera pedir auxilio.