El TSJC archiva la causa al conseller Buch por el 1-O cuando era alcalde de Premià de Mar, Barcelona
- Buch firmó un decreto de apoyo antes de la resolución del TC, pero después no consta ninguna resolución
- En su comparecencia, se desentendió de la cesión y apertura de locales del 1-O
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha archivado la causa por desobediencia y prevaricación al conseller de Interior, Miquel Buch, al concluir que cuando era alcalde de Premià de Mar (Barcelona) no dio instrucciones para facilitar la apertura de locales municipales para el referéndum ilegal del 1-O.
En un auto, el TSJC resalta que Buch firmó el 7 de septiembre de 2017 un decreto de Alcaldía de apoyo al 1-O y que no fue hasta el 12 de septiembre cuando el Tribunal Constitucional le notificó personalmente la orden de impedir o paralizar cualquier iniciativa para facilitar el referéndum ilegal.
A partir de esa notificación del TC, no consta que Buch firmara ninguna resolución ni adoptara ninguna medida para la cesión de locales municipales ni para la preparación del referéndum en Premià de Mar, según el alto tribunal catalán.
Buch compareció el pasado 16 de julio ante el juez del TSJC Sergi Seguí, ante quien se desentendió de la cesión y apertura de locales municipales del 1-O en Premià de Mar cuando era alcalde de esta localidad y alegó que su apoyo al referéndum fue meramente político.
El decreto que Buch rubricó el 7 de septiembre, que no contaba con la firma del secretario general del municipio -que no lo consideró ajustado a la legalidad-, hacía constar la disposición del Ayuntamiento a cumplir con la Ley del Referéndum aprobada por el Parlament el 6 de septiembre, que incluía ceder a la administración electoral de la Generalitat los locales de titularidad municipal habitualmente usados como centros de votación.
Sin embargo, resalta el TSJC, desde que Buch recibió el 12 de septiembre la notificación del Constitucional "no consta resolución, oficio u otro acto administrativo del alcalde de Premià de Mar" en que hiciese referencia a la utilización de los tres locales de titularidad municipal en los que se celebró el 1-O en esta población o de los otros cinco centros usados en la jornada.
"Tampoco aparecen indicios de la intervención de ese alcalde en la preparación del referéndum con actuaciones de cualquier género -aun en forma de meras 'vías de hecho', como por ejemplo indicaciones a empleados municipales, singularmente policías locales- vinculadas con la disposición o habilitación de los ocho locales para aquella finalidad", resalta el TSJC.
Los hechos no son constitutivos de "delito alguno"
Por este motivo, el alto tribunal catalán acuerda dar carpetazo a la causa abierta a Buch, al concluir que los hechos no son constitutivos "de delito alguno", como ya ocurrió con la causa que también le archivó el TSJC al conseller por su papel sobre el 1-O al frente de la Asociación Catalana de Municipios (ACM).
Buch se contaba entre la media docena de alcaldes a quienes la Fiscalía llevó a la justicia por el apoyo municipal al 1-O, a raíz de la instrucción que en vísperas del referéndum dictó el entonces fiscal general José Manuel Maza, que instaba a investigar sobre 700 ediles soberanistas.
La mayor parte de las investigaciones a alcaldes han sido archivadas, en ocasiones por orden judicial y en otras por acuerdo de la propia Fiscalía, con argumentos similares a los que esgrimió Buch en su defensa: que no hay prueba de quién abrió los locales de votación y que los decretos de alcaldía eran declaraciones de estricto contenido político.