El juez decidirá sobre la validez del vídeo de La Manada en Pozoblanco, que será clave en la sentencia
- Los acusados, para los que el fiscal solicita siete años de prisión, se han acogido a su derecho de no declarar
- La defensa asegura que el vídeo usado como prueba se obtuvo de forma ilícita pero el fiscal defiende su validez
Los cuatro miembros de La Manada acusados de supuestos abusos sexuales y atentado contra la intimidad a una joven en Pozoblanco (Córdoba) en mayo de 2016 se han acogido este lunes a su derecho a no declarar durante la primera sesión del juicio, en la que el abogado defensor ha pedido la nulidad del proceso al entender que la principal prueba, un vídeo grabado por los propios procesados, se obtuvo de manera "ilícita".
Dado que el juez ha rechazado tomar una decisión al respecto de manera previa a las declaraciones, la validez de ese archivo se convierte en la clave de la futura sentencia y podría ser determinante en la condena.
Los acusados, Alfonso Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero, han sido trasladados este mismo lunes desde la cárcel de Alcolea hasta el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba, donde se ha iniciado una vista que se prolongará hasta el próximo jueves.
La Fiscalía ha solicitado siete años de prisión para cada uno de los cuatro integrantes de La Manada acusados en este nuevo caso, pero la pena que recaiga sobre ellos dependerá en gran medida de que el juez considere como válido un vídeo difundido por WhatsApp en el que se comprueban los presuntos abusos sexuales.
La defensa ha pedido la nulidad del proceso
En la primera sesión, según ha podido conocer TVE, el abogado defensor de los cuatro acusados, Agustín Martínez Becerra, ha pedido la nulidad del proceso por considerar que ese vídeo fue obenido de forma "ilícita", una cuestión ya recogida en las cuestiones previas.
La defensa ha asegurado que a los acusados no se les intervinieron los teléfonos móviles, sino que los entregaron para la investigación de Pamplona, pero nunca para una investigación ligada a otros hechos. También ha señalado que la autorización judicial solo es válida para el caso de La Manada en San Fermín y ha pedido no prolongar el juicio para "evitar trabajo y sufrimiento".
Asimismo, la defensa ha solicitado al juez que tomara la decisión "con carácter previo y no en sentencia", así como alterar el orden de declaraciones, dos peticiones que han sido rechazadas por el magistrado, cuya decisión final sobre la validez del vídeo se conocerá con la publicación de la sentencia.
El juez ha remarcado que "no es la única prueba existente en el procedimiento" y ha aludido al "consentimiento" prestado por los acusados ante el juez instructor de Pamplona, donde hallaron las grabaciones tras entregar sus teléfonos.
En esto último ha insistido el Fiscal, Jesús Aparicio, quien ha asegurado que hubo consentimiento "explícito y tácito" de los acusados para buscar en sus móviles y niega que se haya "vulnerado derecho fundamental alguno", como dice el abogado de la defensa.
El contenido del vídeo difundido por WhatsApp
La investigación de este caso se inició a raíz de la agresión sexual en los Sanfermines de Pamplona de 2016 por el que los cinco miembros de La Manada ya han sido condenados a nueve años de prisión cada uno y en base a un vídeo que los acusados compartieron en un grupo de WhatsApp compuesto por una veintena de personas.
En esas imágenes se ve a una joven cordobesa de 21 años inconsciente en un coche, sentada en la parte de atrás entre dos de los acusados mientras que un tercero conducía y el cuarto iba de copiloto.
En el interior del coche, con el concierto previo de todos ellos, "aprovechan que la joven se hallaba privada de sentido, todos los acusados, con ánimo libidinosos, comenzaron a realizarle diversos tocamientos de carácter sexual, incluido el conductor", señaló el escrito de calificación provisional.
Al llegar a Pozoblanco, tres de los acusados bajaron del vehículo y se incorporó como conductor Alfonso Jesús Cabezuelo, quien continuó la marcha con la chica unas calles más y cuando ésta se despertó le pidió que le realizara una felación, a lo que ésta se negó, según detalla el Ministerio Público.
En ese momento, el acusado "con intención de menoscabar su integridad física", según la calificación, la golpeó en la cara, le dio un puñetazo en el brazo y la empujó para que saliera del coche mientras le gritaba "puta".
Penas a las que se enfrentan
Los archivos de vídeo salieron a la luz en septiembre de 2016, fruto de una investigación que se estaba desarrollando en Pamplona por la agresión sexual de La Manada a una joven madrileña durante los Sanfermines dos meses después.
Fue entonces cuando la víctima de Pozoblanco tuvo conocimiento de los mismos, lo que le provocó "estrés postraumático".
La Fiscalía ha pedido para los cuatro acusados penas de tres años de prisión por la supuesta comisión de un delito de abusos sexuales hacia la joven, cuatro años más por otro delito contra la intimidad y para uno de ellos, el último conductor, una multa de 720 euros por supuestamente causar lesiones leves.
El Ministerio Fiscal también solicita para la víctima como responsabilidad civil una indemnización conjunta y solidaria que deberán pagar los acusados de 4.500 euros por su curación y 6.000 más por los daños morales causados, según ha informado la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en base al escrito de calificación provisional.
Además de las penas de prisión solicitadas por la Fiscalía, también pide para los cuatro acusados la prohibición de comunicar o aproximarse a la víctima en cualquier lugar donde se encuentre o frecuente o en su domicilio a una distancia inferior a cien metros durante ocho años para el delito de abuso sexual y otros nueve años más por el delito contra la intimidad al ceder a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales sin su consentimiento cuando la divulgación menoscaba gravemente la intimidad personal de esa persona.
En el caso de que el juez le diese la razón al abogado defensor en la sentencia, respecto a la nulidad del vídeo, solo podría haber una condena por el delito de lesiones leves, pero no sobre los hechos del contenido del vídeo, ha recordado Martínez Becerra a los medios.