El fiscal mantiene que el vídeo de los abusos sexuales de Pozoblanco fue "legal" y el juicio queda visto para sentencia
- La Fiscalía rebaja de siete a seis años su pena de cárcel para La Manada por los delitos de abuso sexual y contra la intimidad
- Prenda reconoce haber grabado los vídeos que probarían los hechos y que los "pasó" sin que lo supieran sus compañeros
La Fiscalía ha defendido que la obtención del vídeo grabado por los cuatro miembros de La Manada juzgados por abusar sexualmente de una joven en la localidad cordobesa de Pozoblanco fue "legal" y "con permiso judicial", en la última jornada del juicio de La Manada de Pozoblanco, que con la presentación de los informes finales por las partes y las últimas intervenciones ha quedado cerrado y visto para sentencia.
La obtención del vídeo grabado por La Manada ha sido la cuestión principal del juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba, sobre la que el abogado defensor se ha apoyado para pedir la nulidad del proceso. La grabación de los supuestos abusos sexuales que se están juzgando se halló en los móviles de los acusados, quienes se los entregaron a la Policía foral de Navarra cuando se investigaba la violación en los Sanfermines por la que han sido condenados a nueve años de cárcel cada uno.
La decisión final del juez sobre esta cuestión será determinante en la sentencia, y así se ha reflejado en la última sesión del juicio contra cuatro miembros de La Manada -Alfonso Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero-, por supuestos abusos sexuales y delitos contra la intimidaden la localidad cordobesa de Pozoblanco, tras conocerse en la feria de Torrecampo en 2016, unos hechos anteriores a los del caso de los Sanfermines.
Prenda reconoce haber grabado los vídeos
La Fiscalía mantiene que el vídeo que grabaron los acusados dentro de un coche haciendo tocamientos a la víctima mientras estaba inconsciente es una prueba obtenida de forma legal. Al estar sin conocimiento, considera acreditado el delito de abuso sexual, del mismo modo que ve claro el delito contra la intimidar por la grabación y difusión del vídeo.
De hecho, José Ángel Prenda, ha reconocido "haber grabado" los vídeos que muestran los supuestos hechos y que lo "pasó" sin el conocimiento del resto de encartados.
Durante su intervención en el derecho a la última palabra, el acusado ha afirmado que reconoce "haber grabado" las imágenes desde "el móvil de Antonio", otro de los acusados, y "haberlo pasado sin el conocimiento de ninguno de ellos". Por su parte, el resto de acusados no han ejercido su derecho a la última palabra.
La Fiscalía rebaja su petición de condena
En consecuencia, la Fiscalía ha pedido para los acusados dos años de cárcel por abusos sexuales y cuatro años por delitos contra la intimidad (un total de seis años, uno menos que su petición inicial, que incluía tres años de prisión por el delito de abuso), por los "graves efectos" que ha causado en la víctima, porque, aunque solo uno de ellos hizo la grabación del vídeo, todos participaron y estaban de acuerdo con ello y con difundirlo posteriormente en un grupo de WhatsApp.
La acusación particular hace una demanda algo superior, de cerca de siete años (dos años y medio por abuso sexual y cuatro años y tres meses por delito contra la intimidad), además de elevar a 80.000 euros la indemnización, y la acusación popular, que solicitaba las mismas penas que la otra acusación, ha elevado ahora a cinco años de prisión la petición para uno de ellos, Alfonso Jesús Cabezuelo, al entender que en su caso hubo agresión sexual y no abusos.
Por su parte, amparándose en lo que consideran una obtención ilegal del vídeo, la defensa pide la absolución de los acusados y, en su defecto, ofrece penas alternativas no contemplando el abuso sexual: dos años para Prenda por un delito de maltrato de obra en concurso con un delito contra la intimidad, por la grabación de dicho vídeo, una multa de 180 euros a Escudero por maltrato de obra y seis meses de prisión para Cabezuelo y Guerrero por sendos delitos contra la integridad moral.