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Catalunya

TSJC denuncia a Joana Ortega, exvicepresidenta del Govern, por ejercer un cargo estando inhabilitada

  • Ejerció de asesora de la conselleria de Empresa desde mayo, a pesar de que su inhabilitación concluía en octubre

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Joana Ortega, exvicepresidenta del Govern
Joana Ortega, exvicepresidenta del Govern

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha denunciado ante el juzgado a la exvicepresidenta de la Generalitat, Joana Ortega, por "burlar" con su cargo "generosamente retribuido" de asesora del Departamento de Empresa la pena de inhabilitación que le impuso el Supremo por el 9-N.

En un auto, la sala civil y penal del TSJC acuerda remitir el caso a los juzgados de Barcelona, para que investiguen a Ortega por un delito de quebrantamiento de condena al ejercer de asesora de la conselleria de Empresa desde el 17 de mayo, pese a que su inhabilitación expiraba el 19 de octubre pasado.

Según el alto tribunal catalán, con este "nombramiento discrecional", por el que entre mayo y octubre Ortega ha percibido 32.110 euros brutos del erario público, la exconsellera de la vicepresidencia "ha burlado" los efectos de la pena impuesta por el Tribunal Supremo, que la condenó a nueve meses de inhabilitación por la consulta soberanista del 9-N de 2014.

Como consecuencia inmediata de este nombramiento como asesora del Govern, el TSJC acuerda dejar sin efecto la liquidación de la condena de inhabilitación Ortega, que expiraba el pasado 19 de octubre, y que sí ha cumplido la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau, mientras que la del expresidente Artur Mas finaliza el próximo 23 de febrero.

Según el TSJC, una vez se ha dejado sin efecto el periodo comprendido entre el 17 de mayo hasta el 19 de octubre en el recuento para liquidar la condena a Ortega, el proceso para dar por finalizado el plazo se reiniciará cuando se constate que la exdirigente de Unió Democràtica de Cataluña (UDC) ha abandonado su cargo de asesora en el Govern.

Como le pidió la Fiscalía, la sala también acuerda remitir el caso de Ortega al decanato de los juzgados de Barcelona, para que se investigue si cometió un delito de quebrantamiento de condena dada la "incompatibilidad" del cargo de asesora respecto de la inhabilitación especial a la que fue condenada en sentencia firme por el Supremo.

"Es indudable que al adquirir el empleo o cargo de asesora para el mismo gobierno autonómico desde el que cometió el delito se colocó nuevamente en posición de potencial contribución a la lesión (puesta en riesgo) de los mismos bienes jurídicos ignorados ya una vez", advierte el TSJC, en relación a Ortega.

La defensa de Ortega alegó ante el TSJC que la inhabilitación quedaba circunscrita a los cargos de gobierno, por lo que quedaba limitada a la figura de presidente, vicepresidente y conseller.

Por el contrario, la sala entiende que la inhabilitación de Ortega le impedía acceder a un cargo como el de asesor "generosamente retribuido" con fondos públicos, a nombramiento "directo y discrecional" de quien ejerce gobierno, para el desempeño de funciones de asesoría en áreas de responsabilidad gubernativa "y precisamente en el mismo gobierno autonómico aprovechado para la comisión del delito antecedente".

Para el TSJC, el cargo al que accedió Ortega el pasado 17 de mayo no es en efecto una responsabilidad pública electiva ni supone un ejercicio personal directo de gobierno, como establece la prohibición fijada en su condena.

No obstante, el TSJC puntualiza que este cargo de asesora "presenta todas las trazas requeridas para ser tenida como actividad o cargo análogo al desempeño de funciones de gobierno autonómico, impedidas por la pena de inhabilitación impuesta".

Nombramiento "discrecional" y "escapa a todo control sobre justificación de mérito o capacidad"

En este sentido, detalla que se desenvuelve y participa de lo público, se retribuye "generosamente" a costa del erario público "de todos", que su nombramiento es "discrecional" y "escapa a todo control sobre justificación de mérito y capacidad" y que el que la ficha es el mismo Govern desde el que cometió el delito de desobediencia por el que fue condenada.

Por el contrario, el alto tribunal avala que Ortega mantuviera su compromiso como tertuliana de TV3 entre septiembre de 2018 y julio de 2019, ya que con ello no se incumplía ninguno de los requisitos afectados por la inhabilitación especial que le impuso el Tribunal Supremo, "por más que se trate de un ente de naturaleza pública".

Tras tener conocimiento de este nombramiento, el TSJC pidió a la Fiscalía y a la defensa de Ortega que se posicionaran, ante lo que el ministerio público defendió que no se le liquidara la condena al finalizar su periodo de inhabilitación y que se llevara el caso a los juzgados ordinarios, como finalmente ha acordado el alto tribunal.

Por su parte,  la defensa de Ortega solicitó que se tuviera por cumplida su condena de nueve meses de inhabilitación, al estimar que este nombramiento no estaba comprendido entre las actividades prohibidas en la inhabilitación especial que le impuso el Supremo, que rebajó a nueve meses la condena inicial de un año y nueve meses dictada por el TSJC.

Desde el pasado 7 de octubre, Ortega ejerce además como secretaria general de la Asociación Catalana de Municipios (ACM).