El Gobierno amplía las ayudas al alquiler para colectivos vulnerables y a la compra de vivienda para alquiler social
- Adelantará a las comunidades autónomas 346 millones de euros para atender dichos pagos
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El Gobierno ha ampliado las subvenciones por la compra de viviendas destinadas a alquiler público -hasta un máximo de 400 euros por metro cuadrado o hasta el 60 % del precio de adquisición- y las ayudas a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio o colectivos vulnerables -hasta un máximo de 600 euros o el 100 % de las ayudas a la cuota del alquiler (más 200 de gastos), pudiendo llegar hasta los 900 euros mensuales-.
Así lo recoge la orden publicada este sábado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que modifica el Real Decreto-Ley aprobado por el anterior Ejecutivo para regular el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
El departamento que dirige José Luis Ábalos ya ha ordenado adelantar a las comunidades autónomas (CC.AA.), mediante una transferencia urgente, 346 millones de euros correspondientes a la anualidad 2020 del Plan Estatal de Vivienda y, a continuación, transferirá otros 100 millones.
De esta manera, tal como detalle Efe, las autonomías disponen ya de recursos para atender todas las ayudas del plan que se ha modificado para minimizar las consecuencias económicas del coronavirus, que ha dejado más de 161.000 contagios y más de 16.400 muertes en España.
Subvenciones para alquiler social
Esta modificación del Real Decreto-Ley amplía hasta los 400 euros por metro cuadrado y al 60 % del precio de adquisición de la vivienda la cuantía máxima que podrá alcanzar dicha subvención, incluidos impuestos, tasas, tributos, gastos de notaría y registro y cualquier otro gasto inherente a la adquisición.
La orden también aumenta el número de beneficiarios pues podrán obtener financiación con cargo a las ayudas de este programa las viviendas que, de forma individualizada o en bloque, sean adquiridas por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y las entidades del tercer sector sin ánimo de lucro.
“Siempre con el objetivo de incrementar el parque público de viviendas destinadas al alquiler o cesión en uso social”, recalca el texto. Asimismo, la adquisición de las viviendas deberá ser formalizada en el plazo máximo de seis meses desde el reconocimiento de la ayuda y de tres meses desde el pago de la misma.
Esta nueva medida se suma a la ya incluida en el anterior decreto dirigida a los promotores de las viviendas, incluso procedentes de su rehabilitación o de la reanudación de obras de viviendas o promociones paralizadas, que pueden obtener una ayuda directa de hasta un máximo de 350 euros por metro cuadrado o el 50 % de la inversión de la actuación.
Ayudas a colectivos vulnerables
Tal como se aprobó en el Consejo de Ministros del pasado 31 de marzo, el Gobierno también extiende de 400 a un máximo de 600 euros la ayuda para el pago del alquiler a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio, sin hogar o colectivos vulnerables, que puede elevarse en casos justificados hasta 900 euros, siempre con un límite del 100% de la renta del inmueble. Y se añaden otros 200 euros para la atención de los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos, con un límite del 100% de los mismos.
El plazo en el que se podrán conceder las mismas también se amplía de tres a cinco años, pudiendo acumularse con efectos retroactivos otras cuantías para atender al pago del alquiler o los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos de los seis meses anteriores, en el caso de que fueran necesarias.
Tal como recoge el documento, estas subvenciones solo podrán destinarse al pago de la renta del alquiler o en su caso y en la parte que corresponda a la amortización total o parcial del préstamo suscrito, con cuyo importe se pagó la renta del alquiler.
“La determinación de la cuantía deberá contar con el informe favorable de los servicios sociales de la comunidad autónoma, de la ciudad de Ceuta y Melilla o de la administración local correspondiente”, detalla. Asimismo, serán las CC.AA. quienes deberán concretar el plazo, no pudiendo extenderse en ningún caso más allá del 30 de septiembre de 2020.