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Coronavirus

El Gobierno retira el límite máximo de suspensos con los que un alumno puede pasar de curso

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Un alumno atiende en clase
Un alumno atiende en clase

Los alumnos que hayan suspendido más asignaturas que las que permite la actual ley educativa para pasar de curso podrán hacerlo -de forma excepcional este año- si así lo conceden sus centros educativos, según la nueva orden del Ministerio de Educación que ha sido publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La norma no afecta a los alumnos de primaria, pero sí a los de la ESO y Bachillerato, que podrán pasar de curso -si el centro lo permite- con más de tres y dos suspensos respectivamente, que son los máximos que fija la LOMCE para poder promocionar.

La orden, que recoge los acuerdos alcanzados por el ministerio que dirige Isabel Celaá y las comunidades autónomas en la Conferencia Sectorial de Educación del pasado 15 de abril, establece que la repetición de curso debe ser "muy excepcional" para evitar que la pandemia del coronavirus, que mantiene suspendidas las clases presenciales desde el 16 de marzo, pueda "perjudicar" al alumnado afectado por el cambio a la enseñanza a distancia.

En ese sentido, la orden ministerial firmada por Celaá, que entra en vigor este sábado, permite a las comunidades autónomas competentes "flexibilizar" los criterios de evaluación, promoción y titulación "sin tener en cuenta limitaciones que afecten al número de áreas pendientes".

Fuentes del Ministerio de Educación precisan a Europa Press que esta orden "no modifica el ordenamiento jurídico vigente" y pretende fomentar una evaluación "de manera global" del alumnado ante las circunstancias "extraordinarias" de este final del curso, con más de ocho millones de estudiantes de enseñanzas no universitarias siguiendo las clases a distancia confinados en sus hogares.

"Los estudiantes promocionarán de curso y la repetición se considerará una medida de carácter excepcional, que se adoptará en todo caso de manera colegiada por el equipo docente en función de la evolución académica del estudiante durante el periodo previo a la suspensión de la actividad lectiva presencial", señala la orden que establece las directrices para el tercer trimestre del curso actual.

Cinco autonomías muestran su disconformidad

En el documento, el Ministerio de Educación admite que cinco comunidades autónomas (Andalucía, Castilla y León, Euskadi, Madrid y Murcia) han mostrado "su disconformidad" con el acuerdo. En el caso de Euskadi, porque consideraba que invadía sus competencias. En las cuatro restantes, gobernadas por el Partido Popular y Ciudadanos, se reclamaba a Celaá que fijase un criterio común en toda España para la promoción y titulación este curso.

Algunas de estas comunidades pedían que el Ministerio de Educación precisara el número mínimo de suspensos con los que un estudiante podría pasar de curso o conseguir su título este año. Sin embargo, la ministra Celaá aseguró la semana pasada en una entrevista a Europa Press que esa decisión no le correspondía porque está establecido en la vigente Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), aprobada en 2013 por el Partido Popular.

"No hablamos de número de suspensos. Es de nuevo el concepto de un estado de emergencia que reacciona excepcionalmente ante una situación excepcional, de crisis en el tema no sólo sanitario sino social. Nosotros no hablamos de número de suspensos, las leyes están ahí", ha explicado Celaá en la entrevista.

Novedades para Bachillerato, FP y otras enseñanzas

La orden publicada este viernes en el BOE precisa que la evaluación del alumnado de Primaria y Secundaria "será integradora y colegiada, dando prioridad a la progresión y consecución de los objetivos generales establecidos para la etapa y el desarrollo de las competencias correspondiente frente a la superación de los criterios de evaluación específicos de cada materia".

También se podrán flexibilizar los criterios de obtención del título de Bachillerato, "basándose en la evolución del alumno en el conjunto de las materias y su madurez académica en relación con los objetivos de la etapa educativa y las competencias correspondientes", sin tener en cuenta las materias pendientes.

Además, se autoriza de manera general la ampliación en un año del límite de permanencia en Bachillerato de aquellos alumnos que se hayan visto afectados por las circunstancias de este curso escolar marcado por la irrupción de la pandemia y la suspensión de las clases en las aulas.

La misma "flexibilidad" se aplicará en la Formación Profesional Básica para conseguir del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, y en el caso de los títulos de grado medio y grado superior de Formación Profesional, la orden establece que se atiendan "a principios generales de adquisición de la competencia general del título y no de la superación de la totalidad de los módulos formativos".

Algo parecido se aplicará en las enseñanzas artísticas y deportivas, donde "los responsables educativos también podrán autorizar la modificación de los criterios de evaluación de los alumnos" y aplazar las pruebas específicas de acceso hasta "el momento en que las circunstancias sanitarias lo permitan". También se flexibilizarán las enseñanzas de idiomas, al igual que los programas del tercer trimestre de educación de adultos.

Todas estas medidas tienen el objetivo de paliar la "brusca alteración del desarrollo del curso escolar" que ha provocado "la situación de emergencia sanitaria" en España, con especial atención al alumnado más vulnerable por las condiciones socioeconómicas familiares, y aquellos que han dejado de seguir las clases a distancia durante el confinamiento. Por ello, la orden ministerial pide que los centros educativos identifiquen "al alumnado desconectado o no localizable" y preparen "planes específicos de recuperación" para ellos