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Coronavirus

PeluquerPeluquerías, panaderías o fontaneros podrán pedir la suspensión durante seis meses en las cotizaciones

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La dependienta de una pastelería-panadería detrás del mostrador en Zaragoza
La dependienta de una pastelería-panadería detrás del mostrador en Zaragoza.

El Gobierno ha detallado los doce sectores económicos, entre los que están comercios como panaderías, peluquerías, trabajos de fontanería o instalación de calefacción, que podrán solicitar la suspensión durante seis meses, sin intereses del pago, de las cotizaciones sociales de mayo, junio y julio, como medida para hacer frente en lo social y económico a la epidemia de coronavirus.

Según la orden que publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE), y que detalla los sectores que pueden optar a esta medida aprobada a finales de marzo, la moratoria en el pago la pueden solicitar empresas y autónomos "cuya actividad económica no se encuentre suspendida con ocasión del estado de alarma".

En concreto, la orden se refiere a los siguientes sectores de actividad: cultivos, impresión y artes gráficas, carpintería metálica, fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado o instalación de carpintería.

También se incluye el comercio al por menor no especializado, las tiendas con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco comercio o panaderías, confiterías y pastelerías, agencias de publicidad, actividades odontológicas, peluquería y otros tratamientos de belleza.

Los pagos de mayo se ingresarían en noviembre

La moratoria permitirá a los autónomos y empresas cuya actividad se corresponda con los códigos de la CNAE de estas actividades solicitar la suspensión de las cuotas empresariales de sus trabajadores durante un plazo de seis meses sin ningún tipo de interés. Si se les concede la moratoria, los pagos que debían realizar en mayo se ingresarán en noviembre y así sucesivamente con el resto de mensualidades.

Las empresas deben solicitar la moratoria entre el 1 y 10 del mes en el que tendrían que afrontar el pago a la Tesorería General de la Seguridad Social a través del sistema RED. En el caso de los trabajadores autónomos que no tengan autorizado RED, podrán utilizar el servicio de la sede electrónica de la Seguridad Social.

Para el resto de empresas y autónomos, cuya actividad no se encuentre entre las indicadas, el Gobierno recuerda que pueden solicitar un aplazamiento de las cotizaciones sociales con un tipo de interés del 0,5%, siete veces inferior al habitual para los pagos que debían realizar en los meses de abril, mayo y junio.

Se excluyen los centros de reconocimiento

En el listado de actividades consideradas esenciales como consecuencia de la prórroga de la vigencia de los distintos permisos y licencias, el Ministerio de Sanidad ha excluido a los centros de reconocimiento.

La orden del 31 de mazo por la que establecían como servicios esenciales determinados centros, servicios y establecimientos sanitarios, incluía a los centros de reconocimiento como actividad esencial, dentro de la categoría de proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento.

Sin embargo, la modificación publicada señala que como consecuencia de los cambios para posibilitar "la prórroga de la vigencia de los distintos permisos y licencias, condicionados a la emisión previa del correspondiente informe de aptitud psicofísica", se excluye "la consideración de esencial de los centros de reconocimiento".