El Tribunal Constitucional acuerda revisar las condenas por sedición a los líderes del "procés"
- Admite a trámite los recursos interpuestos por nueve de los doce líderes independentistas condenados por el Supremo
- El tribunal deniega la petición de suspender la sentencia que habían solicitado varios de los condenados
El Tribunal Constitucional ha abierto la vía para revisar la sentencia del "procés" al admitir a trámite por unanimidad los recursos interpuestos por nueve de los doce líderes independentistas condenados por el Supremo, la mayoría a penas de prisión por sedición.
Solo faltan por admitir los recursos del líder de ERC, Oriol Junqueras, y del exconseller Raül Romeva, que recusaron a los doce magistrados del tribunal al considerar que tenían prejuicios "ideológicos" ante el independentismo.
De esta forma, en una providencia el TC admite a trámite los recursos de los exconsellers Jordi Turull y Dolors Bassa, condenados a 12 años de prisión; de Josep Rull y Joaquim Forn (10 años y medio), de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell (11 años y medio); del exlíder de la ANC Jordi Sànchez, y del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, ambos sentenciados a nueve años.
El Alto Tribunal aprecia que "concurre en todos los recursos una especial trascendencia constitucional porque el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal".
Denegada la suspensión de la sentencia
Los magistrados deniegan la solicitud de suspender la sentencia porque no aprecian la urgencia excepcional que justificaría una medida así. De cara a las alegaciones que se puedan presentar a este respecto, el Pleno acuerda formar pieza separada y conceder un plazo de tres días a los solicitantes de amparo y a la Fiscalía para que efectúen las que consideren convenientes.
El Constitucional también estudiará los recursos de los exconsellers Carles Mundó y Meritxell Borràs, condenados a inhabilitación y multa por desobediencia, como el exconseller Santi Vila, que sin embargo fue el único que no recurrió al TC.
En el caso de los recursos de Mundó y Borrás, el tribunal aprecia "una especial trascendencia constitucional, ya que el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales".