Las zonas de Fase 1 podrán abrir administraciones de lotería, concesionarios, bibliotecas, ITV y viveros desde el lunes
El Gobierno permitirá la reapertura de administraciones de lotería, concesionarios de automoción, estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV), bibliotecas, mercadillos, viveros y centros de jardinería en aquellas zonas que a partir del lunes pasen a la Fase 1 de la desescalada por la pandemia del coronavirus.
Así lo recoge este sábado el Boletín Oficial del Estado, que recoge las normas relativas a la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma, y que cuenta con varias novedades.
[Lee el BOE con las nuevas normas para las zonas en Fase 1]
En lo referente al comercio minorista, se recuerda que solo podrán reabrir aquellos locales de superficie inferior a los 400 metros cuadrados, excepto los ubicados en parques y centros comerciales que no dispongan de acceso directo desde el exterior. Para ello se requiere la reducción del aforo al 30%, garantizar la distancia mínima de dos metros y el establecimiento de un horario específico para los mayores de 65 años.
En cuanto a las medidas de higiene en los locales comerciales, el BOE especifica que se deben limpiar dos veces al día -una de ellas, obligatoriamente, al finalizar la jornada-, "con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos" y otros elementos de contacto frecuente.
La orden prohíbe la distribución entre los clientes de "productos de prueba no destinados a la venta como cosméticos, productos de peluquería y similares que impliquen la manipulación directa por sucesivos clientes
El BOE determina estos establecimientos podrán establecer "sistemas de recogida en el local" siempre que garanticen "una recogida escalonada que evite aglomeraciones" así como un sistema de reparto a domicilo preferente"-
También se permite la reapertura "mediante la utilización de la cita previa" y con independencia de su superficie de exposición y venta, de "los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas".
Además, podrán abrir las "entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal" excepto, como en el caso de los comercios, aquellas que estén ubicadas en centros comerciales y sin acceso desde el exterior.
Sin embargo, Loterías y Apuestas del Estado ha emitido un comunicado en el que aplaza la reapertura de su actividad al menos hasta el 18 de mayo, en el supuesto que al menos el 72% del total de establecimiento de la red se encuentre en esa fecha en Fase 1 y, si no fuera así, el 21 de mayo.
También advierte que los sorteos de la Lotería Nacional no se reanudarán hasta el 11 de junio ya que "por la especial idiosincrasia de este producto (devoluciones, abonados) debe realizarse con la mayor masa de puntos de venta abierta".
Mercadillos con aforo limitado
La orden faculta a los ayuntamientos a la reapertura de los mercadillos, dando preferencia los de "productos alimentarios y de primera necesidad" y procurando que no se manipulen los productos a la venta por parte de los consumidores.
Los consistorios deberán regular el distanciamiento entre puestos, que la orden fija en el 25% de los habituales y un tercio del aforo, aunque también permite "el aumento de la superficie habilitada" para esta actividad.
Misas sin agua bendita
El Gobierno también regula los cultos religiosos en la Fase 1 de la desescalada, en la que las misas deberán ser cortas, no habrá contacto personal y se mantendrá en todo momento la distancia de seguridad.
Tampoco habrá distribución de objetos, libros o folletos, no se podrá tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen y no habrá coros ni agua bendecida.
Todo ello, con un aforo del 30% y con una distancia de seguridad de al menos un metro, que deberá estar publicado en un lugar visible del templo.
La orden especifica la obligación de realizar tareas de desinfección antes de cada reunión o celebración de los espacios utilizados, especialmente los objetos que se tocan con mayor frecuencia, así como la organización de entradas y salidas para evitar aglomeraciones y la señalización, si fuera necesario, de asientos y zonas utilizables.
Respecto a aquellos lugares de culto en los que los asistentes se sitúen directamente en el suelo y se descalcen antes de entrar, como en las mezquitas, deberán usar alfombras personales y ubicar su calzado en los lugares estipulados, embolsado y separado
En cuanto a los velatorios, se permiten en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 en recintos cerrados. Para los entierros, se restringe la comitiva también a 15 personas máximo, además del ministro del culto o persona que lleve a cabo la práctica de los ritos funerarios.
Bibliotecas, solo para préstamo y lectura en sala
En materia cultural y científica, se autoriza la celebración de "congresos, encuentros, eventos y seminarios en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación", aunque con una convocatoria inferior a las 30 personas y manteniendo la distancia de seguridad.
También permite la reapertura de bibliotecas públicas y privadas, pero solo para "actividades de préstamo y devolución de obras, lectura en sala, así como para información bibliográfica y bibliotecaria", estando restringidas las de estudio en sala o préstamo interbibliotecario.
Se permite sin embargo la consulta en la Biblioteca Naciona y otros centros especializados " o con fondos antiguos, únicos, especiales o excluidos de préstamo domiciliario", solo en los casos que se considere necesario.
Las oobras consultadas y devueltas "se depositarán en un lugar apartado y separadas entre sí durante al menos catorce días".
En cuanto a los museos, se podrán abrir reduciendo a un tercio el aforo previsto para cada una de sus salas y espacios públicos y siempre en visitas individuales o de una unidad de convicencia de hasta 10 personas como máximo.