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Coronavirus

España permite los vuelos y ferris de Italia pero mantiene la restricción a los cruceros de todo el mundo

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Una pasajera se dirige a embarcar en el aeropuerto Leonardo da Vinci
Una pasajera se dirige a embarcar en el aeropuerto Leonardo da Vinci.

España ha levantado la prohibicion específica de los vuelos procedentes de Italia, que se adoptó el 10 de marzo, para evitar la expansión del coronavirus, según publica el Boletín Oficial del Estado este martes.

En concreto, la orden del BOE (en pdf) señala que "la evolución de la pandemia en el ámbito de la Unión Europea permite derogar y dejar sin efecto las normas que establecieron las restricciones específicas de los vuelos y buques de pasaje procedentes de Italia". Así, también podrán atracar en puertos españoles barcos de línea, ferris, procedentes de territorio italiano, que tenían vetada la entrada desde el 12 de marzo.

El Ministerio de Transportes también indica que, mediante una resolución, "se podrá permitir a los pasajeros, en determinadas travesías de los buques de pasaje entre puertos españoles, permanecer dentro de sus vehículos, siempre que se pueda garantizar un nivel suficiente de seguridad global" para reestablecer de forma progresiva la conectividad.

Prohibición de los cruceros

Sigue vigente la prohibición para los cruceros, sin ninguna excepción: "se mantiene la restricción de entrada en puertos españoles de los buques de pasaje tipo crucero procedentes de cualquier puerto".

Transportes argumenta que por "la vulnerabilidad de los entornos cerrados en los viajes largos", los operadores deberán "reducir el riesgo de contagio y proporcionar asistencia médica adecuada" si hay algún caso de coronavirus a bordo.

Para levantar la restricción a los cruceros, los operadores deberán organizarse para que "en los puertos de su ruta, en caso de necesidad, los viajeros y los miembros de la tripulación reciban tratamiento médico y se puedan llevar a cabo repatriaciones y cambios de tripulación".

No se permitirá la entrada en ningún puerto de buques o embarcaciones de recreo extranjeras que no tuvieran su puerto de estancia en España, pero quedan excluidos los barcos que solamente tengan tripulación profesional a bordo.