La mascarilla ya es obligatoria en los espacios publicos y en todos los medios de transporte
- Deberá dejarse un asiento vacío entre los pasajeros de los medios de transporte, según detalla el BOE
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El uso de mascarilla es obligatorio a partir de este jueves en la vía pública, en espacios al aire libre, en cualquier espacio donde no se pueda mantener una distancia de seguridad de dos metros y en todos los transportes. Así, deben utilizarla los viajeros y los trabajadores de cara al público, también tendrá que haber un asiento vacío entre pasajeros que no vivan juntos en trenes y autobuses.
Según publica el Boletín Oficial del Estado (en pdf), esta norma ya en vigor se aplicará hasta el final del estado de alarma, "incluidas sus prórrogas o hasta que existan circunstancias que justifiquen nueva orden ministerial modificando la presente".
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, modifica una orden anterior, dictada el pasado 3 de mayo. Estas son las nuevas normas para el transporte público:
1. En autobuses y trenes, en los que todos los ocupantes deban ir sentados habrá un asiento vacío entre los pasajeros.
2. Los asientos de detrás del conductor del autobus podrán ocuparse siempre que exista una mampara protectora de separación.
3. En aquellos transportes públicos colectivos en que los usuarios viajen de pie mantendrán "la máxima distancia posible". La ocupación será la mitad de las plazas sentadas disponibles y dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona de pie. Los convivientes podrán sentarse juntos por lo que la ocupación podría ser mayor.
4. En los vehículos con una sola fila de asientos, como cabinas de camiones o furgonetas, deberán utilizar mascarilla quienes no compartan piso.
5. En las motocicletas, ciclomotores y vehículos de categoría L cuando viajen dos ocupantes, deberán llevar mascarilla o casco integral si no conviven en el mismo domicilio. Tambien los usuarios de cualquier transporte público o privado en vehículos de hasta nueve plazas.
6. Los trabajadores del transporte en contacto directo con los viajeros deberán usar mascarillas y tener a mano gel hidroalcohólico para mantener la higiene.
7. Los pasajeros de los barcos no necesitarán mascarillas dentro de sus camarotes.
Excepciones con algunos cruceros
En el ámbito del transporte marítimo, el Ministerio de Sanidad podrá "excepcionalmente" levantar las restricciones de entrada en puertos españoles de los buques de pasaje tipo crucero y de las embarcaciones de recreo extranjeras que no tuvieran su puerto de estancia en España.
Transportes aclara en la orden del BOE que estas excepciones "deberán ser autorizadas" y se adoptarán "todas las medidas necesarias de control sanitario" con el objetivo de evitar que supongan un riesgo para la población.
De forma general, se mantiene la prohibición de entrada a puertos españoles de cruceros con cualquier origen hasta que finalice el estado de alarma.
Frenar el contagio
El Ejecutivo ha explicado que el uso de mascarillas por parte de la población para reducir la transmisión comunitaria del Covid-19 está justificado "no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad".
Asimismo, según recoge la orden, es necesario seguir un principio de precaución que permita continuar por la senda de la reducción de los casos de contagio de la enfermedad en España, principalmente cuando no se dispone de otras medidas como la vacunación.
Esta decisión llega después de que así lo acordasen este lunes el Gobierno y las Comunidades Autónomas durante la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SMS).