La Fiscalía pide 10 años para Trapero por sedición pero abre la puerta a una condena sin cárcel por desobediencia
- La decisión de retirar la acusación por el delito de rebelión se debe a la sentencia del 'procés'
- Los considera "piezas clave" en el plan secesionista del Govern
La Fiscalía de la Audiencia Nacional rebaja su acusación contra el mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero de un delito inicial de rebelión a uno de sedición por el que pide una condena de 10 años de prisión, en lugar de 11 años, como solicitaba inicialmente. Incluso, plantea como alternativa una condena por desobediencia, delito que conlleva penas de multa e inhabilitación, pero no de cárcel.
La decisión de retirar la acusación por el delito de rebelión va en consonancia con la sentencia del 'procés' que condenó el otoño pasado a los líderes independentistas por un delito de sedición.
Así, además de a Trapero, este cambio en la acusación beneficia a los otros dos acusados por ese delito y que también se enfrentaban a 11 años de cárcel: el exdirector de los Mossos Pere Soler y el ex secretario general de Interior César Puig -segundo del exconseller Joaquim Forn, condenado a 10 años y medio por sedición-.
De este modo, el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, ha reducido su petición de pena para estos tres acusados dejándola en 10 años por sedición o como alternativa 10 meses de multa a una cuota de 200 euros diarios por desobediencia e inhabilitación para cargo público. A los tres, el fiscal los considera "autoridad", en virtud del artículo 545 del Código Penal, por los cargos que ejercieron durante el 'procés'.
Por el delito de sedición, el fiscal reclama también la inhabilitación absoluta equivalente a los años de condena, "con la consiguiente privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos" o "cualesquiera otros honores".
En cambio, para la cuarta acusada, la intendente de los Mossos Teresa Laplana, ha mantenido su petición de 4 años por sedición o 5 meses de multa e inhabilitación por desobediencia.
Plantea una condena alternativa por desobediencia
Sin embargo, el Ministerio Público introduce en sus conclusiones definitivas una alternativa en caso de que el tribunal no encuentre probado el delito de sedición. Así, para Trapero, Puig y Soler plantea una condena por un delito de desobediencia, con multa de 60.000 euros e "inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos -en el caso del mayor para la función de policía- así como aquellos que sean electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local, por tiempo de 1 año y 8 meses".
La alternativa que el fiscal propone para Laplana es condena por desobediencia con multa de 30.000 euros e "inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos, en concreto el cargo y la función de policía, así como aquellos que sean electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local, par tiempo de 1 año".
Así lo ha comunicado este lunes el fiscal Carballo al tribunal que ha juzgado a Trapero, Laplana, Puig y Soler, presidido por la magistrada Concepción Espejel, una vez reanudada plenamente la actividad en la Audiencia Nacional después de la crisis sanitaria por la pandemia de coronavirus.
Los considera "piezas clave" en el plan secesionista del Govern
Para la Fiscalía, los cuatro acusados, fueron "pieza clave" durante el otoño de 2017, "dentro del ámbito de sus respectivas competencias", para "impedir o dificultar gravemente el cumplimiento de las órdenes emanadas por los Tribunales de Justicia" contra el referéndum ilegal del 1-O y el plan secesionista ideado por los líderes independentistas condenados por el Supremo en la sentencia del 'procés'.
Asimismo consideran que "vulneraron" su "especial obligación de acatar la Constitución", pues dieron "cobertura" a una parte de la población catalana que se movilizó para "imponer por la fuerza" y "apoyar la efectividad de las normas abiertamente inconstitucionales emanadas del Parlament y del Govern de la Generalitat".
En su escrito de conclusiones definitivas, Carballo esgrime como prueba de cargo, entre otras, la documentación que tres mossos transportaron en una furgoneta, que fue interceptada por la Policía Nacional "camino de su destrucción en una incineradora".
En ese dispositivo los agentes "encontraron documentos que evidenciaron las verdaderas intenciones de los mandos de los Mossos d'Esquadra como era no impedir el referéndum y colaborar con los líderes independentistas en el desarrollo y culminación del proceso que habría de concluir con la independencia de Cataluña".
El fiscal destaca además la "especial relevancia" de los Mossos d'Esquadra para lograr la "desconexión de Cataluña del resto de España" por su "capacidad investigadora e intimidatoria", lo que fue "imprescindible para proteger las acciones dirigidas a la celebración del referéndum".
Para ello, añade, se dedicaron "a funciones impropias de un cuerpo policial como fue la realización de seguimientos a otros cuerpos policiales, entorpecer su labor y en algunos casos, incluso, oponerse físicamente".
A Trapero le acusa además de haber diseñado "de forma deliberada unos mecanismos de actuación" para impedir que los agentes bajo su mando pudieran cumplir "con las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña" en contra del 1-O.
Considera además que hizo una "utilización ilícita" para "informar de las investigaciones policiales y judiciales que se estaban realizando" a los políticos independentistas.
Respecto a Pere Soler, el fiscal sostiene que dio "cobertura y protección a las personas implicadas en la organización del referéndum", mientras que a César Puig, le acusa de alertar de la actuación de los otros cuerpos policiales y facilitar información a los impulsores del "procés".
Se reanuda el juicio con medidas de seguridad por la Covid-19
El juicio contra la plana mayor de los Mossos d'Esquadra, que comenzó el pasado 20 de enero, se ha reanudado después de que fuera aplazado por la pandemia del coronavirus. El tribunal y fiscales de la causa han acudido presencialmente a la sede de la Audiencia Nacional, donde se ha podido ver que la sala de vistas ha sido ya preparada para la etapa post-coronavirus, con medidas de seguridad como mamparas en las mesas de las partes.
Además, tanto magistrados como fiscales iban ataviados con mascarillas y se han colocado de manera que pudieran mantener distancia de seguridad. Por su parte, los acusados y sus letrados han seguido la lectura de las conclusiones definitivas por videoconferencia desde un órgano judicial en Barcelona, donde todos los presentes también han mantenido una mínima distancia de seguridad y han llevado puesta la mascarilla en todo momento.
Las defensas han comunicado al tribunal que anunciarán sus conclusiones definitivas el próximo lunes, 15 de junio, cuando estaba previsto, para estudiar los cambios introducidos por el fiscal, si bien la abogada de Trapero y Laplana, Olga Tubau, ya ha adelantado que elevará a definitivas sus conclusiones y, por tanto, solicitará la libre absolución de sus defendidos.