El ingreso mínimo vital ya puede solicitarse
- Las solicitudes presentadas durante los primeros tres meses se reconocerán con efecto retroactivo desde el 1 de junio
- Escrivá trabaja con las comunidades en una ventanilla única para agilizar la prestación
El ingreso mínimo vital puede solicitarse desde este lunes, 15 de junio a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
La nueva prestación aprobada por el Gobierno para “reducir el nivel de pobreza y exclusión”, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se reconocerá de oficio a casi 75.000 familias que ya reciben la ayuda por menor a cargo. Así, percibirán el primer pago del ingreso mínimo vital el próximo 26 de junio.
Una vez superada la emergencia sanitaria, además de forma online, la prestación podrá solicitarse también a través de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
El ingreso mínimo vital establece un nivel de renta garantizable de entre 461 y los 1.100 euros mensuales en función del tipo de familia, que se alcanza al completar con una ayuda otros posibles ingresos.
Entre los requisitos figura la vulnerabilidad económica, que el titular tenga entre 23 y 65 años -salvo cuando haya menores a cargo-, tener más de un año de residencia legal y efectiva en España o que el patrimonio, una vez descontada la vivienda habitual, sea inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal.
Efecto retroactivo
El ministro José Luis Escrivá ha indicado que las solicitudes presentadas durante los primeros tres meses se reconocerán con efecto retroactivo desde el 1 de junio. A partir de entonces, el derecho a la prestación del ingreso mínimo vital comenzará el primer día del mes siguiente de la fecha en la que se presente la solicitud.
El primer requisito para acceder a la nueva renta será el de la vulnerabilidad económica. También deberá haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho.
Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia.
Además, sin tener en cuenta la vivienda habitual, se exigirá un patrimonio inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala que se incrementa según el número de miembros.
Para reconocer la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones derivadas de la pandemia, también se podrá reconocer cuando los ingresos hayan caído sustancialmente este año.
En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo.
Ventanilla única
Escrivá ha afirmado que van hablar con todas las comunidades autónomas para poder ir hacia "un modelo único y simplificado de ventanilla única de entrada" para gestionar la renta mínima.
En declaraciones a Catalunya Ràdio, el ministro ha subrayado que los resultados en términos de gestión de las diferentes rentas mínimas de las autonomías "no impresionan mucho", por lo que el criterio tiene que ser el de "eficacia, eficiencia y rapidez en la prestación": "todo lo que hagamos tiene que ir orientado en ese sentido".
Asimismo, ha defendido ensayar "un modelo moderno de cogobernanza federal" en el que el Gobierno ofrece una prestación y cada una de las administraciones desarrolla los mecanismos para ofrecerla. Lo importante es "no caer en los errores del pasado" con otras prestaciones, "que tardan demasiado tiempo en reconocerse y pagarse".
Un año de residencia legal
Se requiere un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
Habrá un titular por unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Si el solicitante vive solo, tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo de manera independiente y tendrá que haber estado de alta en la Seguridad Social durante un año como mínimo.
Si los solicitantes viven integrados en una unidad de convivencia, esta tendrá que llevar constituida al menos un año a la presentación de la solicitud.
Concesión automática a 75.000 familias
El INSS reconocerá de oficio la prestación a casi 75.000 familias que ya reciben la asignación de menor a cargo y que cumplen con los requisitos legales. Estos beneficiarios recibirán un SMS y una resolución con su concesión. Además, percibirán el primer pago el próximo 26 de junio, casi un mes antes de lo que correspondía.
Los ciudadanos se pueden informar a través de la página web de la Seguridad Social y el nuevo asesor virtual. A través de un simulador se puede comprobar si se cumplen los requisitos y hay habilitada una línea de teléfono para resolver dudas (900 20 22 22), que la próxima semana comenzará a funcionar también en horario de tarde.
¿Qué documentación se necesita?
Para solicitar el ingreso mínimo vital será necesario el DNI o NIE; la inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE o tarjeta de identidad de extranjeros; certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad; y el libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho.