Multas de hasta 41.000 euros para las empresas que incumplan las medidas contra la Covid-19
- El Gobierno habilita a los inspectores de trabajo para sancionar si las compañías no cumplen la distancia de seguridad
- También son medidas obligatorias proporcionar hidrogeles, equipos de protección y evitar la afluencia masiva
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El Gobierno ha habilitado a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social a través de las comunidades autónomas para vigilar a las empresas en la implantación de las medidas obligatorias de seguridad e higiene para la protección de sus trabajadores ante el Covid-19.
Los inspectores podrán extender actas de infracción si se producen incumplimientos y las compañías podrían enfrentarse a multas que oscilan entre los 2.046 euros y los casi 41.000 euros en los casos más graves.
Esta "habilitación extraordinaria" y temporal está recogida en el nuevo decreto ley de medidas económicas urgentes aprobadas este martes en el Consejo de Ministros, para intentar dar una "respuesta ágil para controlar la pandemia y un marco jurídico inequívoco en la respuesta a los posibles incumplimientos constatados”, según reza en el BOE.
Las empresas deben poner medios para mantener distancia de seguridad de 1,5 metros entre sus empleados y cuando no sea posible facilitar los equipos de protección adecuados. También deben garantizar la ventilación, limpieza e higiene en los centros de trabajo, proporcionar hidrogeles, reordenar los turnos para evitar la coincidencia masiva de personas ya sean clientes o trabajadores o fomentar el teletrabajo.
El incumplimiento de las anteriores medidas será considerado como "infracción grave". Según la normativa de prevención de riesgos laborales, las multas en su nivel mínimo oscilan entre los 2.046 a 8.195 euros, en el medio de 8.196 a 20.490 euros y en el máximo de 20.491 a 40.985 euros. Estas normas de seguridad ya estaban contempladas en el real decreto del 9 de junio que regula los parámetros de la nueva normalidad.
Los inspectores piden refuerzos y advierten del conflicto de competencias
Hasta ahora, desde la Inspección de Trabajo se limitaban a advertir a las empresas y dar parte a las autoridades sanitarias que mantenían el resto de competencias, también la de sancionar, según señala a EFE la presidenta del sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana Ercoreca, que advierte de la falta de recursos de la Inspección para poder asumir nuevas competencias de este tipo.
La norma especifica que inspectores y subinspectores de la escala de Seguridad y Salud vigilarán el cumplimiento por parte del empleador de las medidas de salud pública fijadas ante la pandemia del COVID-19. Esto, detalla el sindicato, supone habilitar a unos 1.050 funcionarios.
"Si no se refuerza la Inspección, esta habilitación queda en papel mojado, no hay medios para poder hacerlo", denuncia Ercoreca, que advierte también de posibles conflictos competenciales con Sanidad en las zonas en las que haya un retroceso y de la sobrecarga que ya soportan con la revisión de los ERTE.