La Fiscalía investiga si ha habido desobediencia por no dividir a los temporeros aislados de Albacete en grupos de 25
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- Ha tomado declaración a los representantes del Ayuntamiento, la Subdelegación de Gobierno y la Delegación de Sanidad
La Fiscalía de Albacete ha tomado declaración a los representantes del Ayuntamiento, la Subdelegación de Gobierno y la Delegación de Sanidad para dirimir si hay responsabilidades penales por desobediencia en la gestión del brote de COVID-19 en el asentamiento de temporeros de la carretera de Peñas, dado que el auto judicial que ratificó el confinamiento de los inmigrantes proponía dividirlos en grupos de no más de 25 personas ya el 24 de julio.
En un comunicado, la Fiscalía ha explicado este miércoles que una vez valoradas las diligencias practicadas o que se decidan practicar, se resolverá el procedimiento, acordando su archivo si se entiende que no se ha incurrido en responsabilidad penal o, en caso contrario, la formulación de querella o denuncia ante el Juzgado de Instrucción contra las personas responsables.
La Fiscalía ha indicado que ha tomado declaración al alcalde, Vicente Casañ, la delegada de Sanidad del Gobierno autonómico, Banca Hernández, y el subdelegado del Gobierno, Miguel Juan Espinosa, y que todos ellos han explicado cuál ha sido la intervención de cada una de esas administraciones en la gestión del confinamiento, sus competencias y actuación conforme a los medios disponibles.
En el comunicado, la Fiscalía ha señalado que estas diligencias de investigación parten del auto del 24 de julio donde el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Albacete-2 ratificó la resolución de la Delegación Provincial de Sanidad en la que se acordaba el confinamiento de un número superior a los dos centenares de temporeros, para prevenir un posible contagio de COVID-19, pues se habían detectado casos positivos entre esas personas.
División de los temporeros en grupos de 25
El auto judicial incorporó un requerimiento a las administraciones competentes para que dieran cumplimiento y garantizaran una serie de medidas para prevenir y controlar la infección, entre las que se encuentra la "sectorización" o división de los temporeros en grupos de no más de 25 personas, medidas “recomendadas por la autoridad sanitaria”.
Después, en resolución de 29 de julio, la Delegación Provincial de Sanidad acordaba "la prolongación del confinamiento", pues la falta de sectorización había provocado “que todos los temporeros confinados sean contactos estrechos de dos casos positivos de COVID-19 detectados en esos días”.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en auto del 4 de agosto, ratificó la prolongación del confinamiento, reprodujo las medidas preventivas “y requirió a las administraciones para su cumplimiento, con apercibimiento expreso de incurrir en delito de desobediencia”.
Es por ello que un día después la Fiscalía incoó diligencias de investigación para esclarecer si, del incumplimiento de las medidas incorporadas al auto de 24 de julio, se deriva responsabilidad por desobediencia.