Un juzgado ratifica las nuevas medidas para mantener el COVID-19 en Valladolid
- El auto concluye que el riesgo de difusión es "especialmente alto" con "evidentes indicios de transmisión comunitaria"
- A pesar de las quejas del alcalde, considera que son "urgentes y necesarias" para la protección de la salud pública
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valladolid ha ratificado las medidas sanitarias preventivas para la contención del COVID-19, a solicitud de la Junta de Castilla y León, tanto en la literalidad de las mismas, como en el plazo de 7 días que la Comunidad Autónoma aprobó el pasado 1 de septiembre.
El auto judicial conocido este miércoles concluye que, según los datos expuestos por la Administración autonómica, el riesgo de difusión de la enfermedad es "especialmente alto" entre la población del municipio de Valladolid, con "evidentes indicios racionales de transmisión comunitaria", ha informado la Junta en un comunicado.
Asimismo, el juzgado argumenta en su resolución que, debido a la dinámica de la enfermedad, se considera "altamente improbable" el control de la situación con la sola aplicación de las medidas generales contempladas en el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
En vigor a partir de este jueves
Entre la argumentación aportada por la magistrada para ratificar la decisión de la Junta de Castilla y León, está la consideración de estas medidas como "urgentes y necesarias" para la protección de la salud pública y que se trata de medidas proporcionales a los fines pretendidos, atendiendo a la finalidad última de proteger el derecho a la vida e integridad física de los ciudadanos.
Por todo ello, las actuaciones previstas por la Junta de Castilla y León entrarán en vigor a partir de las 00.00 horas del jueves 3 de septiembre por un plazo de siete días.
Límite en las reuniones y control de aforos
Entre las medidas que entrarán en vigor a medianoche en Valladolid y Salamanca se encuentran un límite de 15 asistentes al aire libre o 10 en espacios cerrados en velatorios y entierros con un máximo de 15 familiares o allegados además del oficiante.
En el interior de bares y cafeterías solo será posible el consumo en mesa y sentados. Con un límite de 6 personas por mesa, con obligatoriedad de uso de mascarilla y distancia de seguridad, mientras que en terrazas no podrán sentarse más de 6 personas por mesa.
En cuanto a reuniones de carácter familiar o privado, solo se permite un máximo de diez personas, tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.