El Gobierno aprueba un decreto para que las comunidades puedan contratar a 10.000 profesionales sanitarios
- Se incluye a médicos que no consiguieron plaza en el último MIR y a especialistas extracomunitarios
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-Ley de medidas que permiten a las comunidades autónomas y al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) la contratación excepcional de personal facultativo y no facultativo para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, posibilitando así la contratación de 10.000 profesionales sanitarios.
En concreto, el texto, como así lo ha explicado en rueda de prensa la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, recoge la posibilidad de que se pueda contratar a aquellos profesionales que cuentan con el grado, licenciatura o diplomatura correspondiente, pero carecen del título de especialista reconocido en España para realizar funciones propias de una especialidad.
Por lo tanto, se podrá contratar a quienes hayan realizado las pruebas selectivas de formación sanitaria especializada en la convocatoria 2019/2020, que hayan superado la puntuación mínima pero no han resultado adjudicatarios de plaza. También se podrá contratar a los profesionales sanitarios que cuenten con un título de especialista obtenido en un Estado no miembro de la Unión Europea, siempre que el Comité de Evaluación haya emitido el informe-propuesta regulado por ley.
Doce meses prorrogables
El texto normativo recoge también que el contrato que se suscriba permitirá el desempeño de la actividad asistencial y podrá prolongarse hasta doce meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses. El periodo de servicios prestados será tenido en cuenta para el reconocimiento de efectos profesionales del título de especialista.
Por otro lado, el decreto establece la prestación excepcional y transitoria de servicios del personal médico y de enfermería estatutario, laboral y funcionario. Así, las comunidades autónomas podrán destinar el personal estatutario de enfermería y médico facultativo especialista de área de cualquier especialidad, dentro de su centro hospitalario, a unidades asistenciales de otra especialidad distinta de la suya cuando el número de profesionales de dichas unidades no sea suficiente como consecuencia de la pandemia de coronavirus.
El objetivo será prestar atención sanitaria a los pacientes de dichas áreas, siempre que quede garantizada la asistencia sanitaria de sus unidades asistenciales de origen.
Profesionales de hospitales en atención primaria, y viceversa
Además, cada comunidad autónoma podrá acordar que el personal de enfermería y médico especialista estatutario que preste servicios en centros hospitalarios pase a hacerlo en los centros de atención primaria de su área de influencia con el objetivo de reforzarla y siempre que, como en el caso anterior, quede garantizada la atención sanitaria en sus unidades de origen.
Las comunidades autónomas también podrán destinar al personal estatutario de la categoría de enfermería, médico/a o pediatra de atención primaria, de forma excepcional y transitoria, a prestar servicios en sus hospitales de referencia o a hospitales de campaña, si las necesidades lo demandan.
Respecto al personal funcionario autonómico o laboral que preste su actividad en establecimientos sanitarios de carácter público podrá ser destinado a cualquier dispositivo asistencial del Sistema Nacional de Salud.
Convocatoria anual
Una de las disposiciones finales del documento establece, por otro lado, que el acceso a la formación sanitaria especializada se efectuará a través de una convocatoria anual de carácter nacional y que las personas que participen en las pruebas selectivas deberán hacer los trámites correspondientes a través de medios electrónicos, lo que incluye la presentación de solicitudes, aportación de documentación y pago de tasas, así como la fase de adjudicación de plaza.
El número de profesionales extracomunitarios que se pueden contratar con esta nueva medida asciende a 234, 153 se encuentran pendientes de realización de prácticas profesionales, 81 pendientes de realización de formación complementaria y 282 pendientes de la superación de una prueba teórico-práctica.