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Coronavirus

La Generalitat obliga a bajar un 50% el alquiler de los locales cerrados por la COVID-19

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14 horas - La Generalitat obliga a bajar un 50% los alquileres de bares y comercios

El Govern catalán ha aprobado este martes un decreto con el que rebaja hasta un 50% el alquiler de los locales cerrados por el alquiler coronavirus. Esta orden faculta a los titulares de los establecimeintos a iniciar una negociación con los propietarios para aplicar una rebaja temporal y de mutuo acuerdo en la renta mensual.

Esta negociación se puede desarrollar en el plazo de un mes y, en el caso de no alcanzar un acuerdo, pasa a aplicarse automáticamente la rebaja de alquiler en función de una tasación preestablecida, según ha anunciado en rueda de prensa la portavoz del Govern, Meritxell Budó.

La norma es válida para aquellos establecimientos totalmente cerrados por las restricciones sanitarias, como bares, restaurantes, centros de estética, bingos, casinos, salas de juego o ludotecas. En todos ellos se reducirá automáticamente un 50% la renta a partir del día en que el arrendatario notifique su voluntad de negociar.

También entran dentro de esta clasificación los bares que hacen entregas a domicilio pero que no pueden servir dentro del establecimiento.

En cuanto a los locales que no hayan cerrado por completo, pero que sí que hayan visto reducido su aforo, tendrán una rebaja del alquiler proporcional a la disminución de sus aforos y horarios de atención al público. Es el caso de comercios, teatros, tiendas 24 horas, hoteles y gimnasios.

En este caso, la rebaja se aplicará únicamente sobre la parte afectada, por lo que si un comercio tiene permitido abrir al 50 %, el arrendatario deberá pagar el 75 % del alquiler.

La consellera Ester Capella defiende la rebaja del alquiler en Cataluña para "preservar la actividad económica"

Dos años para incorporar la cláusula "rebus sic stantibus"

Budó ha defendido que el nuevo decreto "es un mecanismo rápido y eficaz para evitar que el coste de la pandemia recaiga sólo en una de las partes del contrato de arrendamiento". Según la portavoz, la rebaja "favorece el pacto, pero impide que la negociación dilate la rebaja de las cuotas", con el objetivo de "evitar el cierre empresas y la destrucción de puestos de trabajo".

En la misma rueda de prensa, Budó ha explicado que el Govern se da un plazo de dos años para incorporar la cláusula "rebus sic stantibus" en el Código Civil que permite modificar contratos ante cambios sobrevenidos y extraordinarios como la pandemia.

Esta modificación era una reclamación de hosteleros y restauradores, que piden evitar el "vía crucis judicial" en que supondría acudir al juzgado para hacer cambios en el contrato.

Mediación con abogados

Además de la modificación del ordenamiento jurídico, en los últimos días se ha barajado otra posibilidad, propuesta por el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), que pasaba por la mediación con el auxilio de letrados e implicaba la resolución de los casos por parte de un juez.

No obstante, esta opción habría sido descartada por el Govern porque podría ahondar aún más la saturación de los juzgados y porque las sentencias probablemente llegarían cuando muchos negocios ya se hayan visto forzados a bajar la persiana, ya que durante todo el proceso tendrían que seguir pagando sus respectivos alquileres.