¿Cuánto cobran los expresidentes autonómicos condenados? ¿Tienen derecho a otros privilegios?
- La retribución y derechos como expresidente autonómico varían según cada región
- Quim Torra engrosa la lista de presidentes autonómicos condenados, nueve en total
Quim Torra es el último de los nueve presidentes autonómicos que hasta la fecha han sido condenados. Pero su pena de inhabilitación como cargo público y su cese como presidente de la Generalitat de Cataluña no conlleva la pérdida de privilegios como expresidente catalán, que en su caso implica el derecho, entre otros, a una pensión vitalicia de 92.000 euros anuales a partir de los 65 años, chófer y oficina.
Sin embargo, los derechos que adquieren los expresidentes autonómicos varían según las leyes de cada región. Cataluña y Extremadura son las únicas que disponen de una pensión vitalicia, en otras los expresidentes pueden pasar a un Consejo Consultivo con puesto y sueldo vitalicio y algunas no incluyen ningún tipo de prestación para los expresidentes.
Cataluña: compensación, pensión vitalicia y oficina propia
Este lunes, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado que Torra mantiene intactos sus derechos como expresidente y le ha descontado de su pena de inhabilitación uno de cada tres días de los ocho meses que estuvo suspendido como diputado del Parlament. Torra, que ya lo ha solicitado, podrá percibir una asignación mensual de más de 10.200 durante cuatro años (122.500 euros anuales), ya que la Ley 2/1988, de 26 de febrero de 1988 establece su derecho a percibir el 80% de su retribución mensual como presidente -153.235,50 euros anuales-durante la mitad del tiempo que ha estado como presidente o, como mínimo, durante una legislatura completa -cuatro años-.
Además, tiene derecho a una pensión vitalicia cuando llegue a los 65 años -dentro de siete años y dos meses- de 7.600 euros mensuales -correspondientes al 60% de la retribución que recibió como presidente.
La ley pone a su servicio tres puestos de trabajo "con dedicación especial" y "mediante el sistema de libre nombramiento". Por otra parte, podrá solicitar una dotación presupuestaria para "gastos de oficina, atenciones de carácter social y, si procede, gastos para el alquiler de inmuebles", cuya cuantía quedará establecida anualmente por la ley de presupuestos de la propia Generalitat. Por último, el Departamento de la Presidencia le proporcionará un automóvil de representación con chófer y los servicios de seguridad "necesarios para el desarrollo de sus funciones".
Su antecesor en el cargo, Carles Puigdemont, no está condenado pero está huido de la Justicia por el ‘procés’. No puede percibir la retribución como expresidente ya que es incompatible con el ejercicio de otro cargo público. Por ser diputado en el Parlamento Europeo percibe 6.962,95 euros netos mensuales sin contar las dietas -323 euros diarios para gastos de alojamiento y 4.536 euros mensuales en concepto de “gastos generales” y tiene también derecho a una pensión vitalicia a partir de los 63 años correspondiente al 3,5 % del importe de la asignación parlamentaria por cada año completo de ejercicio del mandato, sin que el importe resultante pueda superar el 70 % de la misma.
En España, la oficina del expresidente Puigdemont en Barcelona ha gastado un total de 41.859 euros en 2019. Y Artur Mas, condenado en 2017 a dos años de inhabilitación -que el Supremo rebajó luego a 13 meses-, ha cobrado una retribución por cuatro años como expresidente de la Generalitat desde el 12 de enero de 2016 y hasta enero de 2020. En ese periodo, ha recibido cerca de 120.000 euros brutos anuales y su oficina como expresidente en Barcelona supuso un coste en 2019 de 30.221 euros. A partir del próximo enero, cuando cumpla los 65 años, comenzará a cobrar la pensión vitalicia.
Andalucía: Chaves y Griñán no cobran nada
El 11 de noviembre de 2019 fueron condenados por el caso de los ERE los expresidentes andaluces José Antonio Griñán, con seis años de cárcel por un delito continuado de malversación y quince de inhabilitación por prevaricación, y Manuel Chaves, con nueve años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación.
En Andalucía, la ley que regula el Estatuto de Expresidentes desde 2005 contemplaba pensiones de jubilación. Sin embargo, los artículos que otorgaban este derecho fueron derogados en 2011 por el propio Griñán, con lo que ninguno de los dos se puede beneficiar de ella.
La ley también permite que los expresidentes tengan una oficina propia con “dotación presupuestaria” para su funcionamiento y para “las atenciones protocolarias que correspondan”. A su vez, pone a su disposición “los servicios de seguridad que en cada momento consideren necesarios”. Sin embargo, desde Presidencia de la Junta de Andalucía confirman que ninguno de los dos tiene retribución ni oficina asignada.
C. Valenciana: José Luis Olivas renunció a las prestaciones tras su condena
El expresidente de la Generalitat Valenciana y de Bancaja José Luis Olivas fue condenado en enero 2017 a año y medio de prisión por falsificar una factura. Actualmente no cobra nada ya que renunció en abril de ese año a los derechos que establece el Estatuto de Expresidentes de la Generalitat: asesores, coche oficial y oficina propia.
Olivas pasó a formar parte del Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad en 2003 -el Estatuto establece que tienen derecho a formar parte de él automáticamente tras cesar en el cargo y por un período de 15 años, con su asignación correspondiente-. Cobró un total de 51.634 euros de la Generalitat hasta que un año después pasó a trabajar en el sector privado, por lo que dejó de ser consejero.
Actualmente Francisco Camps, imputado desde 2009 por Gürtel, es el único expresidente valenciano que forma parte del Consejo, teniendo a su vez secretaria y chófer. En 2019 cobró un total de 52.817,97 euros netos.
Urralburu y Hormaechea, los primeros presidentes condenados
Gabriel Urralburu estuvo al frente de Navarra entre 1984 y 1991. En 1988, fue condenado a once años de prisión y 170 millones de pesetas de multa por cohecho y fraude, aunque en 2001 el Tribunal Supremo le rebajó la pena a cuatro años.
El estatuto de expresidentes de Navarra establece que éstos tienen derecho a cobrar el 80% de su salario como presidente durante un máximo de dos años. Sin embargo, el estatuto establece también que esta prestación es incompatible con el ejercicio profesional como cargo público o privado y Urralburu, cuando pasó a la oposición tras perder las elecciones de 1991, pasó a liderar la oposición como secretario general del PSN-PSOE y continuó como diputado autonómico, por lo que no habría tenido derecho a esta prestación.
El estatuto establece, además, que independientemente de esa prestación autonómica, los expresidentes percibirán al cesar del cargo y por una sola vez, una mensualidad de retribución. El Gobierno de Navarra no ha confirmado a RTVE.es, sin embargo, si percibió o no algún tipo de retribución como expresidente.
Juan Hormaechea presidió Cantabria entre 1991 y 1995. En 1994, se vio obligado a dimitir cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria le condenó a seis años de cárcel y siete de inhabilitación por un delito de malversación de caudales públicos y otros siete por prevaricación en el ejercicio de su cargo, aunque se mantuvo en funciones unos meses más. En 1998 fue sentenciado a otros 8 años de inhabilitación por prevaricación, aunque el Tribunal Constitucional anuló la condena un año después. No hay ningún tipo de compensación en el momento que abandona la presidencia del gobierno.
Jaume Matas (Baleares) y José Marco (Aragón), sin prestación
Ya solo faltan dos expresidentes condenados: Jaume Matas (Baleares) y José Marco (Aragón). Matas fue presidente en dos ocasiones, en 1996-1999 y en 2003-2007, y entre medias fue ministro de Medio Ambiente en el Gobierno de José María Aznar (2000-2003). El 20 de marzo de 2012, la Audiencia Provincial de Palma le condenó a seis años y dos meses de prisión por beneficiar con dinero público al periodista que le escribía los discursos, Antonio de Padua Alemani. En 2013, el Tribunal Supremo le rebajó la pena a nueve meses.
Como expresidente, no cobró nada, ya que el estatuto que regula esta condición fue aprobado en 2008 y únicamente contempla que el tratamiento honorario y protocolario de los expresidentes siempre que no hay una sentencia de los tribunales, con lo que tampoco se puede acoger a este tratamiento.
Por último, José Marco presidió el Gobierno de Aragón entre 1993 y 1995. En 2013, fue condenado junto con su hermano a dos años de prisión, una multa de 600.000 euros y el pago a Hacienda de 411.000 euros por fraude fiscal al frente de una empresa familiar de transportes. Antes, en 1995, había sido procesado también en dos ocasiones por un caso de escuchas telefónicas que habría ordenado realizar y por haberse presuntamente quedado con un sillón pagado por la Diputación de Zaragoza. El estatuto de expresidentes de Aragón no establece tampoco ninguna prestación tras su cese.
¿Cuánto cobran los expresidentes en otras comunidades?
En Castilla-La Mancha los expresidentes pueden acogerse al derecho a un despacho propio con una secretaria y un conductor, pero desde Presidencia confirman que nadie ha hecho uso de él. En Canarias, los presidentes tienen derecho a cobrar un mes de su sueldo cuando cesan en el cargo.
En Extremadura, los derechos son iguales a los de Cataluña: misma asignación mensual por el mismo tiempo y las mismas condiciones, igual jubilación, oficina, asesores, servicio de seguridad y, además, un seguro de vida pagado por la mitad del tiempo que hayan ejercido la Presidencia, y servicios de seguridad.
En Galicia los expresidentes de la Xunta tienen derecho durante dos años a una compensación económica del 60% de su salario y a pasar a formar parte de su Consejo Consultivo con un sueldo de 66.000 euros anuales actualmente. También en Castilla y León, los presidentes pueden pasar tras su cese a formar parte del Consejo Consultivo de la región.
Y en País Vasco, desde 2012 los exlehendakaris tienen derecho a percibir una jubilación vitalicia del 50% del salario que cobraron en el ejercicio del cargo. El resto -Madrid, La Rioja, Asturias y Murcia- no contempla ningún tipo de prestación para sus expresidentes.