Enlaces accesibilidad

El juez propone juzgar a De Arístegui y Gómez de la Serna por sobornar a funcionarios argelinos a cambio de contratos

  • El exdiputado del PP y el exembajador habrían formado parte de una organización constituida para enriquecerse ilícitamente
  • También han sido procesadas otras 21 personas que contribuyeron, presuntamente, a crear la estructura de sociedades ficticias

Por
El exdiputado del PP Pedro Gómez de la Serna en una imagen de archivo
El exdiputado del PP Pedro Gómez de la Serna en una imagen de archivo.

El juez José de la Mata ha propuesto juzgar al exembajador Gustavo de Arístegui, al que fuera diputado del PP Pedro Gómez de la Serna y a otras 21 personas por constituir supuestamente una organización para conseguir contratos en otros países, en este caso Argelia, mediante el pago de dádivas y comisiones a funcionarios.

En el auto de pase a procedimiento abreviado de esta pieza investigada, el magistrado de la Audiencia Nacional señala que los hechos son constitutivos de delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, cohecho, blanqueo de capitales y organización criminal o asociación ilícita.

En su resolución, De la Mata explica que de la investigación se desprende "que la finalidad de la organización constituida, era doble: por un lado, conseguir contratos en países extranjeros (en este caso, en Argelia), mediante el pago de comisiones y dádivas" y por otro "enriquecerse ilícitamente de forma sistemática con cargo a fondos del propio contrato, armando toda una estructura de sociedades ficticias y de facturación falsa".

Una estructura de sociedades ficticias y de facturación falsa

Por otro lado, continúa el instructor, en algunos casos, enriquecerse ilícitamente de forma sistemática con cargo a fondos del propio contrato, armando toda una estructura de sociedades ficticias y de facturación falsa, y simulando la prestación de servicios para la ejecución del contrato por parte de estas sociedades pantalla: aparentes negocios jurídicos mercantiles suscritos entre sociedades interpuestas, contratos de prestación de servicios y de consultoría falsos, facturación igualmente falsa justificativa de las operaciones, etc. A esto se añade que las prestaciones objeto de los contratos, menciona, no fueron realizadas y eran meramente ficticias.

“Todo ello de acuerdo con un plan preconcebido, proyectado en el tiempo con una visión de largo plazo, ordenado de acuerdo con las directrices emanadas de la cúspide de la organización”, dice el juez.

Por esta razón, agrega el juez, el alcance subjetivo de la organización se extiende a los directivos de ELECNOR que desarrollaron sus actividades criminales, no en relación con un único contrato, sino con relación a distintos bloques contractuales (SOUK TLETA y OURGLA): Junquera Palomares, López Lax, Asencio Alonso, De la rica Amezaga, Sánchez Velasco y Castellanos Ybarra.

Junto a ello, y por la misma razón, forman parte de la organización los comisionistas e intermediarios que conforman el núcleo más próximo de relaciones entre las empresas contratistas españolas y las empresas públicas argelinas, y sus más próximos colaboradores: Gómez de la Serna, De Arístegui San Román, Faya López, de Arístegui Arroyo, González Noriega, José Luis Tomé Becerra, David Tome Miller, Suárez Lopetegui y Suárez hermoso de Mendoza.

De Arístegui y Gómez de la Serna, entre los líderes

Todos ellos participaron en las dos operaciones mercantiles corruptas desarrolladas, tanto en Souk Tleta como Ourgla, lo que les atribuye estabilidad y permanencia en la organización, así como persistencia en los objetivos criminales, que no limitaron a una única operación sino que se prolongó y reiteró en el tiempo.

El juez apunta que el liderazgo de la organización estaba integrado por Gómez de la Serna y De Arístegui, y por Junquera Palomares y López Lax. Los restantes se ocupaban de implementar la estrategia acordada por los líderes, supervisar la gestión de las sociedades y distribuir los fondos ilícitos obtenidos.

Algunos, apoyando y colaborando con De la Serna y De Arístegui, como es el caso de Faya López y de Arístegui Arroyo. Otros, colaborando con el fallecido Cristóbal Tomé Becerra y siguiendo sus instrucciones, como ocurre con González Noriega, José Luis Tomé Becerra y David Tome Miller. También hay quienes aportaron sus estructuras fiduciarias y fungiendo como intermediarios para asegurar la opacidad de los pagos y servir de parapeto a los auténticos beneficiarios de las operaciones (Suarez Lopetegui y Suárez Hermoso de Mendoza).

El Juzgado Central de Instrucción 5 da un plazo de 20 días a las partes para solicitar la apertura de juicio oral de esta investigación presentando escrito de acusación o bien solicitando el sobreseimiento de la causa.