¿Se puede obligar a la vacunación contra la COVID-19? Legalmente sí, pero los expertos lo desaconsejan
- Consideran que la vía impositiva no sería la idónea puesto que podría generar un mayor rechazo en la ciudadanía
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La futura vacuna contra la COVID tendrá que hacer frente a un problema añadido: la reticencia inicial de una parte de la población. Según el barómetro especial de octubre 2020 del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), casi un 44% de los españoles no estarían dispuestos a vacunarse inmediatamente. Sin embargo, los expertos confían en que este porcentaje descienda significativamente según se vayan produciendo las primeras vacunaciones y se ponga de manifiesto la eficacia y la seguridad de los nuevos fármacos.
¿Pero si la oposición sigue siendo importante, qué herramientas legales hay para asegurar la ansiada inmunidad de rebaño, necesaria para impedir que el virus circule libremente? En los últimos días, coincidiendo con los anuncios de Pfizer/BioNTech y la farmacéutica Moderna, se ha repetido con mayor intensidad la pregunta de si existe base legal para obligar a la población española a vacunarse.
En este sentido, la Ley de Bases de Sanidad Nacional de 1944 y la Ley Orgánica 3/1986 de medidas especiales en materia de salud pública dan cobertura a una posible vacunación obligatoria contra la COVID-19, aunque algunos juristas llaman a introducir nuevos instrumentos para hacer más efectivo el cumplimiento. En todo caso, diferentes expertos coinciden en advertir que la vía impositiva de las vacunas, aunque posible desde el punto legal, no sería la más aconsejable, puesto que podría causar el efecto contrario al que se busca.
"Imponer puede conseguir el efecto contrario"
"Un juez la autorizaría, porque de hecho han venido autorizando varios casos similares, pero creo que en el estado actual, con la llegada de un número aún insuficiente de vacunas para toda la población, y con un contexto social en el que hay ciertos recelos infundados pero que existen, imponer la vacunación puede conseguir el efecto contrario al que se persigue", ha declarado en el Canal 24 Horas Federico de Montalvo, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Pontificia de Comillas.
Este especialista en salud pública y derecho de la salud opina que "ética y legalmente es exigible, pero posiblemente en el contexto actual sería mejor que la vacunación sea voluntaria", al mismo tiempo que recuerda que se puede alcanzar el efecto rebaño vacunando únicamente a las personas que la van a aceptar sin reticencias.
¿Qué es la inmunidad de rebaño?
La "inmunidad colectiva" o "inmunidad de rebaño" proporciona protección indirecta a los individuos no vacunados, y solo se produce cuando se vacuna una parte muy importante de la población, a la que se suman las personas que son inmunes porque han desarrollado anticuerpos tras un contagio previo. Los epidemiólogos calculan que entre el 60% y el 70% de la población necesita ser inmune al virus para alcanzarla.
Hay que tener en cuenta que esta es la manera más efectiva para proteger a personas inmunodeprimidas o que, debido a diversas razones como puede ser la edad, su sistema inmunológico no es capaz de contrarrestar adecuadamente al patógeno a pesar de haber sido vacunadas.
De Montalvo forma parte del comité de expertos designado por el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas para definir las próximas campañas de vacunación COVID en España, cuyas recomendaciones se harán públicas en los próximos días. Este jurista ha adelantado que, en principio, las recomendaciones se dirigen a no imponer la obligatoriedad de las vacunas, al menos en una primera etapa en la que casi con toda certeza la demanda de dosis excederá en gran proporción a la oferta disponible.
"Cuando pasados los meses tengamos ya dosis suficientes para alcanzar el efecto rebaño o para vacunar a toda la población, ahí se podría avanzar en otro tipo de medidas", asegura De Montalvo, quien apunta a la posibilidad de que entonces se pueda "abrir de nuevo el debate de los certificados de salud e inmunidad", que podrían ser imprescindibles para, por ejemplo, entrar en España o viajar a otros países, o permitir el acceso a determinados espacios como residencias de ancianos.
Simón cree que no hará falta obligar
En esta misma línea, el director del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, ha afirmado en una entrevista en Las Cosas Claras de TVE que espera que en España no se cree la situación en la que se tenga que obligar a los ciudadanos a vacunarse frente al coronavirus.
SImón ha recordado que en España ninguna vacuna es obligatoria y que el país cuenta con una de las "mejores" coberturas vacunales de Europa e, incluso, de todo el mundo. Sin embargo, ha reconocido que en la actualidad están brotando grupos en contra de la vacunación y ha apelado a la responsabilidad de los ciudadanos.
¿Qué dice la legislación al respecto?
El abogado experto en temas de salud y profesor de la Universitat Oberta de Cataluña (UOC) José Enrique Pérez Palaci ha explicado a Efe que las leyes en primera instancia prevén el derecho a la vida y la integridad física y la protección de la salud tanto en la Declaración universal de derechos humanos, como el Convenio europeo de derechos humanos y la constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
En España, el título primero de la Constitución recoge el derecho a la vida y a la integridad física (artículo 15) y en el artículo 43 se desarrolla que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
Un paso más allá, en la Ley 22/1980, que modifica la Ley de Bases de Sanidad Nacional de 1944, se prevé concretamente que las vacunas contra la viruela, difteria y otras infecciones podrán ser declaradas obligatorias por el Gobierno "cuando por la existencia de casos repetitivos de estas enfermedades o el estado epidémico del momento o previsible se juzgue conveniente", dice ese precepto en su artículo único.
También sigue vigente un decreto del año 1945 que aprobó el reglamento para la lucha de las enfermedades infecciosas que en su artículo 21 declara que podrán ser obligatorias para todos los ciudadanos españoles las vacunaciones contra la difteria y la viruela, "siendo sancionadas su falta de realización". Para juristas como Pérez Palaci, "por analogía" se podría asimismo declarar obligatoria la vacuna para la pandemia por la COVID-19.
Si bien la Ley de 2002 sobre autonomía del paciente apunta a que la persona afectada puede aceptar o rechazar algunas terapias, ese derecho a decidir tiene algunas excepciones, principalmente el riesgo a la salud pública. Ese riesgo está desarrollado en la Ley Orgánica 3/1986, que en su artículo 2 declara la posibilidad de que las autoridades tomen cualquier medida necesaria para preservar la salud pública.
"Establecer las consecuencias" de no vacunar
Para la profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona (UB) Mar Aguilera, "más que declarar la obligatoriedad en la ley, será clave establecer cuáles son las consecuencias de la no vacunación".
En conversación con Efe, Aguilera ha dicho que "es importante dejar claro cuáles son las consecuencias y que estas sean proporcionales", preceptos que tendrían que prever y valorar múltiples casuísticas como "¿qué pasa si unos padres siguen llevando a su hijo sin vacunar de la COVID-19 a la escuela?".
Desde el mundo médico, sin embargo, insisten en que no es lo más apropiado declarar obligatoria la vacuna "porque podría tener efectos contraproducentes", ha explicado a Efe la jefa de epideomología del hospital barcelonés Vall d'Hebron, Magda Campins. "Si obligas a la gente, éstos pueden ser más reticentes. Esperamos llegar a coberturas de vacunación de la población altas sin tener que llegar a la obligatoriedad", ha dicho la facultativa.
"Los españoles son lo suficientemente maduros"
El epidemiólogo Javier del Águila, entrevistado en el programa de TVE La hora de La 1, también se muestra en contra de la obligatoriedad de cualquier tipo de vacunación. "Es un debate que existe desde hace muchísimos años, sobre todo por el movimiento de duda vacunal, pero yo considero que la población adulta en España es lo suficientemente madura, lo suficientemente inteligente como para en un momento dado saber valorar las ventajas y los inconvenientes", manifiesta.
Del Águila considera que esta oposición "va a depender mucho de los mensajes que se transmitan", y pone como ejemplo que, en "una vacuna que se produce con las prisas en el contexto actual, no podemos descartar que en algún momento tenga efectos secundarios posibles, y eso lo tenemos que asumir como se asume con otros muchos medicamentos o con cualquier tipo de intervención médica o quirúrgica, donde siempre se explican los riesgos y los beneficios, y el paciente decide".
"Una vacuna no tiene por qué ser diferente. Se le explica a la población los beneficios y los posibles riesgos, y estoy seguro de que la mayor parte de la población lo va a entender y lo va a aceptar sin ninguna necesidad de imposición", asegura.