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Echenique y Del Olmo, condenados a pagar 80.000 euros por acusar a un hombre de una violación que no fue probada

  • El juzgado les condena por un delito de intromisión ilegítima al honor de Manuel López Rodríguez, que fue asesinado
  • Ambos recurrirán la sentencia por sus palabras en defensa de la candidata de Podemos en Ávila en 2019, Pilar Baeza

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Condenan a Echenica y del Olmo a pagar 80.000 euros por llamar violador a un hombre asesinado

Un juzgado ha condenado a los dirigentes de Podemos Pablo Echenique y Juanma del Olmo por asegurar que una candidata del partido en Ávila en 2019, Pilar Baeza, había sido violada.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Leganés (Madrid) concluye que sus palabras fueron una intromisión ilegítima en el honor del presunto agresor, dado que el Supremo no consideró probada la violación.

Condenados por ese delito, la justicia les obliga a hacer pública la sentencia en los mismos canales en los que hicieron sus afirmaciones -una rueda de prensa y un tuit- y a indemnizar con 80.000 euros al hermano del presunto agresor, que es el que puso la demanda.

Echenique y del Olmo recurrirán la sentencia "contradictoria"

Fuentes del entorno de Echenique y del Olmo han asegurado que recurrirán la sentencia, porque es "contradictoria en toda su extensión" y va en contra del criterio de la Fiscalía, "que negó la existencia de vulneración de los derechos del demandante".

Según las mismas fuentes, la condena "solo se puede entender" porque se trata de dos personas de Podemos, aunque ésta exonera al partido al entender que los dos cargos hicieron las declaraciones a título particular.

También han apuntado que la sentencia no puede ejecutarse hasta llegar al Tribunal Supremo, hasta donde piensan recurrir si fuera necesario para revertir el fallo.

Un asesinato hace 35 años

La sentencia es fruto de la demanda interpuesta en mayo de 2019 por el hermano de Manuel López Rodríguez tras escuchar unas declaraciones del actual portavoz de Unidas Podemos en el Congreso y leer un tuit de Del Olmo en el que ambos daban por hecho que Pilar Baeza había sido violada 35 años antes por un hombre que fue asesinado por un familiar de ella con la ayuda de la joven.

En concreto, el 4 de marzo 2019 el actual portavoz de Unidas Podemos en el Congreso respondió en una rueda de prensa, a la pregunta de si respaldaba la candidatura de Baeza a la alcaldía de Ávila tras conocerse que había sido condenada por ese asesinato: "Simplemente, remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada (...)".

Por su parte, Juanma del Olmo, secretario de Comunicación de Podemos, escribió en Twitter: "Abrazo a Pilar Baeza de Podemos Ávila. Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada por complicidad y pagó su deuda con la sociedad".

El Tribunal Supremo condenó en 1990 a Pilar Baeza a 30 años de cárcel, de los que cumplió seis en la cárcel, como cómplice del asesinato en 1985 en Madrid de Manuel López.

La familia de Manuel López demandó, a través de la letrada Bárbara Royo, a los dos cargos de la formación morada al entender que sus conductas afectaron al honor del fallecido, que no fue acusado de violación por el Tribunal Supremo, como ahora demuestra la sentencia, según han detallado a Efe fuentes del bufete Royo&Becerro&Peñafort.

Los condenados "afirmaron rotundamente" que fue violada

La sentencia hace hincapié en el hecho de que la violación pudiera haber existido "no es patente de corso para que pueda afirmarse que la violación existió, como hacen los demandados que no introdujeron en sus manifestaciones el elemento de la probabilidad de que pudiera haber sido violada, sino que lo afirmaron rotundamente".

Considera que las palabras de Echenique supusieron "una afirmación gratuita, no contrastada, recogida solo de la versión ofrecida por la señora Baeza, y, sobre todo, absolutamente innecesaria para la idea que el señor Echenique estaba exponiendo". Además tuvo una gran repercusión mediática.

En cuanto a Juanma del Olmo, el juzgado sostiene que su manifestación en el que imputa un delito de violación a Manuel López "es aún más explícita", y sentencia que ninguno de los dos casos se pueden amparar en la libertad de expresión.