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La jueza nombra al Estado depositario de los bienes del Pazo de Meirás y mantiene la fecha de entrega

  • La jueza prohibió a la familia Franco retirar bienes del edificio y estableció la entrega del Pazo el 10 de diciembre
  • Defiende la "urgencia" de esta prohibición dado que la familia había contratado 50 camiones para llevárselos

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Pazo de Meirás
Imagen de archivo del Pazo de Meirás.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha designado al Estado depositario de todos los bienes muebles y elementos accesorios que conforman el complejo del Pazo de Meirás y mantiene la fecha de entrega del inmueble por parte de la familia del dictador Francisco Franco para el día 10 de diciembre a las 11 horas.

Tras el juicio para revisar la medida cautelar que prohíbe a los Franco retirar bienes del edificio mientras se realiza un inventario, la jueza, Marta Canales, ha indicado que se permitirá la retirada de aquellos objetos "de estricto uso personal o que, por sus características, nada aporten a la significación del Pazo como Bien de Interés Cultural".

De este modo, la magistrada ha aceptado las alegaciones del Estado, la Xunta, los ayuntamientos de Sada y A Coruña y la Diputación Provincial. Y ha rechazado, por contra, las de los Franco sobre las medidas cautelares.

En relación a los guardeses, atendiendo al ofrecimiento del Estado para que se les confiera un plazo mayor para abandonar la casa que habitan, ha fijado como fecha máxima el 15 de enero de 2021.

Además, ha detallado que la parte demandada yerra "cuando dice que se le dieron veinte días para retirar todos sus bienes", ya que "sus actos fueron los de cumplir voluntariamente el fallo y, en congruencia, el auto dispone el plazo de un cumplimiento voluntario".

"La literalidad del auto es clara", ha sostenido la titular del Juzgado que ha argumentado que la decisión de prohibir retirar bienes del recinto sin informar previamente a la parte demandada responde "a una situación de urgencia patente", pues los Franco habían contratado vehículos para llevárselos.

La juez defiende la "urgencia" de prohibirles retirar objetos

"La urgencia surge cuando los demandados, diciendo que van a entregar voluntariamente el Pazo, previamente quieren proceder al traslado de bienes en 50 camiones, que sin duda son muchos camiones, lo que se traducía en un vaciado de no se sabía qué", ha asegurado.

En este sentido, la magistrada insiste en que era "necesario saber qué existía en Meirás" antes de permitir "trasladar todo tipo de bienes desconocidos".

"De no haber adoptado las medidas cautelares, nunca sería posible acoger una decisión futura, nunca podría debatirse si, por ejemplo, un escudo se integra o no en la ejecución y propiedad del Estado, porque los bienes habrían, simple y llanamente, desaparecido", ha proseguido.

Finalmente, la jueza ha remarcado que, una vez realizado el inventario, el Estado tendrá que plantear "qué bienes entiende que han de ser entregados o no".

Así, ha asegurado que "no tiene sentido abrir ahora el debate acerca de qué bienes se integran o no en el Pazo" porque la sentencia no es firme.

La solicitud de depósito efectuada por el Estado, según afirma en el auto, resulta aceptable porque es "congruente con la finalidad de poder entrar a debatir qué forma parte de la ejecución, todo, nada o parte".