La Fiscalía se opone a los indultos del 'procés' y advierte de que no pueden ser "moneda política"
- Los fiscales han remitido 12 informes no vinculantes al Supremo antes de que este tome una decisión para comunicar al Gobierno
- Subrayan la "enorme gravedad" de los delitos y no encuentran "razones de justicia, equidad o utilidad pública" que justifiquen el indulto
Los fiscales del Tribunal Supremo han presentado ante el alto tribunal doce informes "totalmente" desfavorables al indulto, ni total ni parcial a los políticos catalanes condenados por delitos de sedición y rebelión por su participación en el proceso soberanista catalán.
Los fiscales que acusaron a los condenados de rebelión aluden a la "enorme gravedad" de los hechos y a que no han encontrado "razones de justicia, equidad o utilidad pública" que lo justifiquen, según el informe que han remitido al Supremo y en el que advierten de que los indultos no pueden utilizarse "como moneda política de cambio" para la "obtención de apoyos parlamentarios".
Tras su informe, el Supremo debe emitir su propio dictamen y enviarlo al Gobierno, al que le compete decidir sobre esta medida de gracia, para lo cual la posición del tribunal sentenciador y de la Fiscalía es preceptiva pero no vinculante.
"Se ha pretendido la ruptura de la convivencia democrática"
En el documento presentado, los fiscales Javier Zaragoza, Jaime Moreno, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena argumentan que "las penas impuestas no pueden considerarse injustas en atención a la gravedad de los delitos cometidos".
Tampoco se pueden considerar faltas de equidad las condenas "ya que cumplen rigurosamente con el principio de proporcionalidad de las penas" y, por último, los fiscales consideran que el indulto "no es lo más recomendable cuando se ha pretendido la ruptura del marco básico regulador de la convivencia democrática".
Los fiscales añaden, además, que los condenados no han mostrado arrepentimiento, que las penas son muy elevadas y que no han cumplido ni la mitad de la condena. Por todo ello, los fiscales han defendido que "no concurre ninguna razón admisible en derecho que justifique el indulto".
"Moneda política de cambio" para la "obtención de apoyos parlamentarios"
El indulto, advierten los fiscales, no es "una medida prevista para satisfacer intereses políticos coyunturales, y que de manera arbitraria pueda concederse con carácter general ante la mera discrepancia con el tenor de la sentencia o la pura conveniencia de una situación política global".
Entienden que el espíritu de la Constitución excluye de la concesión del indulto a los miembros de un gobierno que acometieron "un deliberado y planificado ataque al núcleo esencial del Estado democrático" tratando de evitar así que esta medida de gracia "pueda operar, lejos de los parámetros de justicia, como moneda política de cambio en el campo de las negociaciones para la obtención de apoyos parlamentarios".
Aceptar la responsabilidad por el delito cometido y el "decidido propósito de no reincidir" son condiciones "mínimamente exigibles" para acceder al indulto, pero "ninguna" de ellas se ha acreditado con los condenados, afirman los fiscales, que no ven razones de "de justicia, equidad o utilidad pública" que justifiquen esta medida.
Es más, en el caso de los condenados a penas de prisión, aprecian "una falta de lealtad democrática sin precedentes", el "rechazo a la legalidad constitucional" y la "reiterada y contumaz deslegitimación de la actuación jurisdiccional, alegando su condición de presos políticos, denunciando que son objeto de persecución por sus ideas políticas y cuestionando la imparcialidad del poder judicial".
Cumplir las penas, sostienen los fiscales, es una "necesidad ineludible" que no puede ni debe "admitir atajos para burlar el pronunciamiento judicial" tanto en lo que respecta a la prisión como a la inhabilitación, que debe cumplirse en su integridad dado que cometieron sus delitos mediante "el abuso de las funciones públicas".
Cargan contra la reforma del Código Penal que pretende el Gobierno
Incluyen en sus escritos un argumento contra los planes del Ejecutivo para modificar en el Código Penal los delitos de sedición y rebelión para adecuarlos a los ordenamientos jurídicos europeos. A su juicio, la legislación de Francia, Italia o Bélgica incluye delitos similares y "es evidente que los hechos por los que han sido condenados son delictivos en todos los estados de la UE".
Opinan, por tanto, que "aunque cierto sector doctrinal aluda a la vetustez del delito de sedición", con "raíces decimonónicas", y considere "que no responde a las necesidades actuales de la política criminal para justificar de este modo la necesidad de atemperar las penas, tampoco ofrecen argumentos concluyentes en los que fundamentar semejante pretensión".
Los fiscales, que pedían una condena por rebelión en el juicio, insisten en que "lo que sucedió en Cataluña en 2017 no fue una sedición al uso", fue "mucho más que una grave alteración del orden público", dado que "con el decidido propósito de declarar la independencia (lo que así hicieron) y segregar esa parte del territorio del Estado proclamando una nueva república (lo que no consiguieron), se produjo un alzamiento institucional desde los poderes legalmente constituidos de esa comunidad autónoma".
Tampoco apoyan indultar a los tres condenados a penas de inhabilitación por desobediencia, Santi Vila, Carles Mundó y Mertixell Borrás por no concurrir tampoco razones de justicia, equidad o utilidad pública, que no debe confundirse "con motivaciones de índole política o derivadas de acuerdos políticos".