Raquel Alonso, exmujer de un yihadista: "Mis hijos también forman parte de la seguridad nacional"
- Nabil Benazzou fue condenado a ocho años de prisión y seis años de libertad vigilada
- Una jueza de Madrid rechazó retirarle la patria potestad de su hija
Una jueza de Madrid rechazó este lunes retirar a Nabil Benazzou, un hombre condenado por yihadismo, la patria potestad de su hija, un ejercicio que será exclusivo de la madre y exmujer del condenado, Raquel Alonso, durante el tiempo que él esté en prisión.
La madre de la menor, fundadora de la Asociación contra el Radicalismo Extremista y Víctimas Inidrectas (Acreavi) y autora del libro 'Casada con el enemigo', solicitó que se le atribuyera la patria potestad de su hija con privación a Benazzou, alegando que existían razones graves que podrían perjudicar a la niña.
Nabil Benazzou fue condenado a ocho años de prisión y seis años de libertad vigilada por ser autor de un delito de integración en organización terrorista. Según la sentencia penal, el hombre llevaba labores de captación, radicalización, adoctrinamiento, financiación y envío de voluntarios yihadistas para que llevaran a cabo operaciones terroristas.
"Estuvo cuatro años adoctrinando a sus hijos"
En la demanda, Raquel Alonso también afirma que su expareja en los dos años anteriores a su detención se fue radicalizando, comenzó a llevar a su vivienda libros religiosos islámicos, como el Corán, y que empezó a ejercer influencia sobre sus hijos.
"Estuvo durante cuatro años adoctrinando a sus hijos e intentando implementarles la ideología del terror", asegura la madre en una entrevista con TVE. "Cuando el Tribunal Supremo considera que un señor que se ha integrado en una célula terrorista es un peligro para la seguridad nacional, ¿mis hijos no forman parte de la seguridad nacional?", pregunta.
La pareja también tiene un hijo que cuando era menor "tenía que ver cómo se mataban a los infieles, cómo se les decapitaba, cómo se inmolaban los jóvenes" durante cuatro años, según explica la madre. Ahora, al ser mayor de edad la jueza considera que no procedía resolver sobre las medidas relativas a guardia y custodia, patria potestad y régimen de visitas.
La madre alega que no cumplía con sus deberes de padre
Raquel asegura que la comunicación "no existe" porque el padre no llamaba a la hija y ella tampoco quiere tener comunicación con su padre."En cinco años no tuvo ningún tipo de relación con sus hijos. Ahí hay un abandono de los menores. No hubo llamadas, no hubo visitas, ni siquiera preocupación. El año pasado, en plena pandemia, ni siquiera una llamada", ha afirmado.
Sin embargo, según la sentencia, la madre llevó hasta en cinco ocasiones a la menor a visitar a su padre prisión e incluso se escribieron cartas en reiteradas ocasiones. "Tal vez me equivoqué, pero también es cierto que siempre dije que yo no quería que mis hijos en la vida me echaran en cara que yo les había prohibido ver a su padre", añade Raquel.
El acusado también presentó como pruebas transferencias efectuadas a la madre para alimentos de los hijos en 2017, aunque la magistrada considera que no se acredita que fueran para dicho fin.
La magistrada también considera que el principal motivo por el que el condenado no puede cumplir con los deberes que exige la patria potestad "porque está en prisión cumpliendo condena" y que "no ha lugar a privar al señor Benazzou de la patria potestad de su hija".