El Gobierno regula la figura del "consumidor vulnerable" y obliga a las empresas a prestarles apoyo adicional
- La modificación supondrá un "paraguas legislativo" para proteger a personas en situación de indefensión
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes regular la figura del “consumidor vulnerable” con el fin de proteger a las personas que se encuentran en esta situación de "indefensión" para que puedan tomar la decisión más adecuada a sus intereses a la hora de adquirir un bien o contratar un servicio.
A través de la modificación de la Ley General de Consumo, incluida en el nuevo Real Decreto-ley aprobado este martes, el Ejecutivo obligará a las empresas a prestar apoyo adicional a estos colectivos en la información que facilitan para que los consumidores puedan comprender correctamente el contenido de los contratos que firman.
Asimismo, la ley proporcionará un "soporte jurídico adecuado" a las administraciones públicas para que promocionen políticas en defensa de las personas consumidoras y les permitirá “corregir situaciones de indefensión”, agravadas en el último año por el aislamiento social y las restricciones a la movilidad a causa de la COVID-19, ha señalado el ministro de Consumo, Alberto Garzón, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Dentro de esta nueva figura normativa, ha señalado el Gobierno, se encuentran colectivos vulnerables como los menores, las personas de avanzada edad o aquellos con bajo nivel de digitalización, con discapacidad funcional, intelectual, cognitiva o sensorial, los cuales “se ven expuestos a diario a abusos, fraudes, estafas y engaños por técnicas de comercialización o de información”.
De esta manera, el Gobierno crea "un paraguas jurídico" que garantiza que las relaciones de consumo se realizan en entornos "más igualitarios, accesibles, transparentes y de mayor seguridad”, señala el texto, al tiempo que “se establece un mandato a las administraciones públicas para, en la medida de lo posible, orientar las políticas de Consumo hacia estos colectivos de mayor vulnerabilidad”.
Las empresas, obligadas a prestar apoyo adicional
A partir de la aprobación de este Real Decreto-ley, las empresas tendrán la responsabilidad de prestar apoyo adicional en la información que facilitan para la toma de decisiones, con el objetivo de que los consumidores vulnerables no vean limitada su accesibilidad.
En este sentido, por primera vez se incluye en la ley de forma expresa la obligación, por parte de las empresas, de prestar los apoyos necesarios a los consumidores vulnerables para que puedan comprender correctamente el contenido de los contratos que firman.
Por su parte, las especificidades de los consumidores vulnerables también tendrán que ser tenidas en cuenta por parte de las administraciones, por ejemplo, a la hora de establecer mecanismos para la resolución de controversias entre el consumidor vulnerable y las empresas o en lo que respecta a las campañas informativas o educativas divulgadas por las mismas.
Asimismo, el real decreto-ley sienta las bases necesarias para desarrollos reglamentarios posteriores con el fin de reducir las barreras y garantizar los derechos de las personas consumidoras vulnerables. Entre ellos, podrían tenerse en cuenta aspectos como el etiquetado de productos, la información previa al contrato y la que debe incluirse en el mismo, la gestión de reclamaciones o la atención al cliente, ha señalado el Ejecutivo.
La legislación aún no concretaba este término
La figura de "consumidor vulnerable", con carácter parcial, existe en el actual marco legislativo estatal y autonómico para proteger a determinados sectores en el acceso a servicios básicos, si bien aún no estaba concretado este término.
Así, el Gobierno modifica este punto y desarrolla la figura del “consumidor vulnerable” como aquel que, en sus relaciones de consumo, se encuentra en una situación de desventaja, desprotección, indefensión o subordinación frente a empresas, aunque sea de forma temporal, territorial o sectorial, debido a sus características, necesidades o circunstancias personales.