El Gobierno declara la COVID-19 como enfermedad profesional en sanitarios
- El reconocimiento incluye al personal sociosanitario en una medida que tendrá carácter retroactivo
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La COVID-19 ya es enfermedad profesional en los profesionales sanitarios y sociosanitarios. Así lo ha aprobado este martes el Consejo de Ministros. Con esta medida, que permitirá dotar de una mayor seguridad laboral al profesional, el Gobierno atiende una de las grandes reivindicaciones de estos colectivos desde el inicio de la pandemia.
"Va a permitir en determinadas circunstancias una mayor protección a los sanitarios que han contraído el virus", ha explicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. El reconocimiento como enfermedad profesional tendrá carácter retroactivo y deja fuera al personal de limpieza si está empleado por una empresa subcontratada, aclara Escrivá.
La reunión del Ejecutivo de Pedro Sánchez, en la que también se han aprobado cambios en el complemento de maternidad en la pensión y una nueva moratoria para las hipotecas o préstamos de consumo, ha dado luz verde, además, a que determinados trabajadores del ámbito sanitario puedan compatibilizar la vuelta al trabajo con el cobro de la pensión de jubilación.
Un "acto de justicia"
Tras el anuncio de la nueva categoría del coronavirus, el sector toma aire y celebra lo que entienden como "un acto de justicia", indican desde Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), con los profesionales fallecidos y los contagiados en esta pandemia. La corporación considera, no obstante, que ahora es necesario aumentar la protección de los facultativos a través de la declaración de profesión de riesgo para el colectivo médico.
El pasado 22 de diciembre, la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad una proposición no de ley (PNL) por la que se instó al Gobierno a considerar enfermedad profesional, en vez de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo, la baja laboral de los profesionales sanitarios contagiados por COVID-19 durante el ejercicio de su trabajo.
La diferencia entre enfermedad profesional y contingencia profesional derivada de accidente de trabajo radica en que la enfermedad profesional tiene cobertura durante toda la vida de trabajador. Es decir, un sanitario tendrá cobertura para la Seguridad Social si mañana o dentro de diez años contrae una enfermedad derivada de este contagio que se produjo desde la declaración de la pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención contra el COVID-19.
Sin embargo, si se trata de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo únicamente tendrá una cobertura durante los cinco años posteriores al contagio.
El PP ha criticado la tardanza del Gobierno y ha recordado que en este momento ya hay 118.000 sanitarios contagiados. Tanto la portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Cuca Gamarra, como la vicesecretaria de Política Social del PP, Ana Pastor, han asegurado que es una petición que su partido llevan realizando desde hace meses y han recalcado que el jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, "solo acierta cuando rectifica".
Por su parte, la portavoz de Sanidad del PP, Elvira Velasco, ha preguntado a Sánchez si va "a pedir disculpas el Gobierno a los profesionales sanitarios por tardar en contemplar la Covid como enfermedad profesional". A su juicio, Pedro Sánchez está actuando "de espaldas a los sanitarios".
Reivindicación sindical desde abril
Los sindicatos llevan reclamando este derecho desde el principio de la pandemia. Por ejemplo, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) pidió el 30 de abril de 2020 al Gobierno que las bajas por coronavirus se consideraran enfermedad profesional. "En la actualidad, este contagio se considera como accidente laboral, eso sí, siempre que el trabajador demuestre que la ha contraído en su puesto de trabajo. Esta interpretación, en la mayoría de los casos perjudica a los trabajadores. Si se reconociera como enfermedad profesional, se garantizaría una protección económica a todos los efectos", explicaba la organización sindical hace casi un año.
Este martes el sindicato celebra la noticia, aunque demanda que se amplíe su alcance para tener en cuenta "a todos los trabajadores que por su actividad estén en contacto directo con el virus", inciden. Más allá va CCOO, que apunta directamente a los colectivos vinculados que deberían poder acogerse a esta redefinición del coronavirus, como el personal de ambulancias, de servicios funerarios y de todas las residencias de mayores sin excepción.
"No sabemos las consecuencias que puede ocasionar haber sufrido el COVID-19 y creemos que, de una vez por todas, se tiene que entender que los profesionales sanitarios que han estado en primera línea deben tener la cobertura de enfermedad profesional porque les supone tener una cobertura a lo largo de la vida", detalló el pasado 22 de diciembre la diputada del Grupo Parlamentario Plural y responsable de defender la iniciativa, Concep Cañadell Salvia.
El sindicato mayoritario entre los médicos de Madrid, AMYTS, aplaude también la firma del reconocimiento "a pesar de haber tardado casi un año".
"En AMYTS venimos afirmando desde febrero del año pasado que la Covid-19 era enfermedad profesional. Así lo alertamos en cuanto conocimos que los contactos estrechos eran considerados como baja por contingencia común y no como periodo de observación de enfermedad profesional", han manifestado en un comunicado remitido a los medios.
Al inicio de la crisis sanitaria derivada de la pandemia, el Gobierno consideró la covid-19 como una contingencia común asimilada a accidente de trabajo solo en la prestación económica por incapacidad temporal.
En mayo se pasó a considerar contingencia profesional derivada de accidente de trabajo para los profesionales sanitarios y sociosanitarios, mejorando la cobertura durante la baja y las prestaciones en caso de que causara incapacidad permanente o fallecimiento.
En concreto, los sanitarios contagiados suponen un 4 % del total de los casos diagnosticados en España. Las Comunidades Autónomas con más contagiados son: Cataluña (12.105), la Comunidad Valenciana (8.617), Andalucía (8.562) y Castilla y León (6.588).
Hasta ahora estos profesionales debían acreditar el contagio mediante el correspondiente parte de accidente de trabajo, mientras que al declararse enfermedad profesional se da por demostrado que el origen es de carácter laboral.