La 'ley trans' prevé que los mayores de 16 años puedan cambiar su sexo en el registro sin informe médico
- Desde el PSOE aclaran que solo recoge los postulados de Unidas Podemos y faltan las aportaciones de otros Ministerios
- El borrador prevé también multas de hasta 150.000 euros para sancionar las conductas discriminatorias muy graves
El borrador de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans redactado por el Ministerio de Igualdad contempla permitir el cambio de sexo en el registro civil sin necesidad de informe ni tratamiento médico a partir de los 16 años, y entre los 12 y los 16 con consentimiento de padres o tutores.
Según el texto al que ha tenido acceso TVE, a partir de los 16 años bastaría con la declaración expresa de la persona, sin que sea necesario un tratamiento hormonal como hasta ahora.
Mientras que entre los 12 y los 16 años el cambio será posible siempre que tenga el consentimiento de los padres. La norma, que el departamento dirigido por Irene Montero quiere llevar al Consejo de Ministros en la primera quincena de febrero tiene en contra a un sector del feminismo.
Algunos colectivos feministas alertaban de la posibilidad de que algunos agresores recurrieran a esta ley para evitar las penas que establece la ley de violencia de género. Por ello, el documento especifica que "el cambio de sexo en el registro no alterará las causas jurídicas abiertas con anterioridad a la modificación registral para evitar las penas que establece la ley de violencia de género.
Borrador aún en negociación
Fuentes socialistas han apuntado que se trata de un borrador que solo recoge los postulados de Unidas Podemos y que hay que seguir trabajándolo, ya que, dicen, faltan las aportaciones de otros Ministerios afectados, por lo que es susceptible de sufrir algún cambio antes de su aprobación por parte de todos los miembros del Ejecutivo.
En estos momentos equipo de Montero se encuentra en la actualidad negociando esta norma con la vicepresidenta primera de Gobierno, Carmen Calvo, ya que tienen como meta iniciar la tramitación legislativa de este anteproyecto de ley dentro de las dos primeras semanas de febrero.
El borrador fija la despatologización de la transexualidad, en línea con la Organización Mundial de la Salud, y garantiza protección y derechos específicos a toda aquella persona "cuya identidad de género no se corresponde con el sexo asignado al nacer".
El texto incluye medidas en el ámbito sanitario, educativo, laboral y deportivo y abre la puerta también a que se pueda solicitar que no se especifique el sexo en los documentos oficiales de identidad, para atender a quienes no se identifican ni con el genero masculino ni con el femenino.
Entre las prestaciones sanitarias, además de los tratamientos hormonales y quirúrgicos, se contempla que "las personas trans con capacidad de gestar" puedan recurrir a las técnicas de reproducción humana asistida.
Multas para conductas discriminatorias
Por otro lado, el documento prevé multas de hasta 150.000 euros para sancionar las conductas discriminatorias muy graves, entre las que se incluyen las terapias de conversión de la orientación sexual o el acoso.
El texto prohíbe las citadas terapias de conversión y las cirugías de modificación genital de los bebés intersexuales y da a sus padres un plazo de un año para decidir el sexo con el que registrarlos.
El texto detalla una larga serie de infracciones administrativas y sanciona las "muy graves" con multas de 10.001 a 150.000 euros, entre las que se encuentran el acoso discriminatorio, las terapias de conversión y los libros de texto que establezcan que alguien es superior o inferior por razón de su orientación sexual o identidad de género, entre otras.
Estos son los ejes del proyecto:
- Se reconoce el derecho a la identidad de género libremente manifestada, sin necesidad de aportar diagnóstico médico o psicológico alguno de someterse a tratamiento previo. Como principal novedad, se elimina el requisito de diagnóstico de disforia de género para el cambio de sexo en el registro y será suficiente la libre declaración de la persona interesada.
- En cumplimiento de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y en línea con el informe de la ponencia que aprobaron los principales grupos parlamentarios en 2019, se elimina el requisito de la mayoría de edad para solicitar la rectificación de la mención registral del sexo. Los mayores de 16 años estarán plenamente legitimados para solicitarlo; los menores de entre 12 y 16 años podrán hacerlo a través de sus representantes legales o con su consentimiento; y en el caso de los menores de 12, los padres o tutores podrán pedir el cambio de sexo registral con la conformidad de los niños.
- El cambio de sexo en el registro no alterará las causas jurídicas abiertas con anterioridad a la modificación registral. Se busca tranquilizar así a colectivos feministas que alertaban de la posibilidad de que algunos agresores recurrieran a esta ley para evitar las penas que establece la ley de violencia de género.
- La rectificación de la mención registral al sexo no obliga a cambiar el nombre y, para facilitar la plena inclusión de los menores trans, se les permite cambiar el nombre sin rectificar el sexo.
- El derecho a la identidad de género libremente manifestada se reconocerá también a los extranjeros que se encuentren en España, con independencia de su situación administrativa.
- El Ministerio del Interior adoptará las medidas necesarias para que los documentos oficiales de identificación puedan omitir, a petición de la persona interesada, la mención relativa al sexo.
- En el capítulo dedicado a la atención sanitaria, se garantiza atención específica a las personas trans y se prohíbe también obligarlas a que se sometan a tratamiento. El Sistema Nacional de Salud ofrecerá tratamiento hormonal, terapia de voz, cirugías genitales, mamoplastias, mastectomías y material protésico y las personas trans con capacidad de gestar podrán optar a las técnicas de reproducción asistida.
- En el ámbito educativo, se garantiza el derecho de los alumnos a exteriorizar su identidad de género, por lo que se deberá respetar su imagen física, la elección de su indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones del centro educativo conforme a su identidad de género.
- En las prácticas, eventos y competiciones deportivos las personas trans participarán según su sexo registral y no se podrán realizar pruebas de verificación de sexo, "sin perjuicio del oportuno cumplimiento de las normas que rijan las competiciones internacionales".
- En el ámbito laboral se establecen incentivos para la contratación de personas trans desempleadas, con especiales dificultades para incorporarse al mercado laboral.
- Las personas trans presas también tendrán derecho a que se les trate según su sexo registral, aunque podrán pedir ser separadas de ese grupo si temen que se pongan en riesgo su seguridad o intimidad.