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La Abogacía del Estado elude posicionarse sobre los indultos del 'procés': "Eso compete únicamente al Gobierno"

  • El "perjuicio económico" provocado con el referéndum independentista del 1-O estaría reparado, según la Abogacía del Estado
  • El Tribunal Supremo realizará un informe sobre los indultos de los condenados aunque no es vinculante

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El Tribunal Supremo durante el juicio a Joan Josep Nuet (ERC) por su impliación en el 'procés'
El Tribunal Supremo durante el juicio a Joan Josep Nuet (ERC) por su impliación en el 'procés'.

La Abogacía del Estado ha remitido al Tribunal Supremo (TS) su informe sobre los indultos solicitados para los condenados por el 'procés'. En ellos, rehúsa pronunciarse a favor o en contra de la concesión de los mismos, por considerar que es una decisión que compete únicamente al Gobierno.

No obstante, añaden que el "perjuicio económico" provocado con el referéndum independentista del 1-O estaría reparado ya. En el escrito enviado por la Abogacía del Estado a la Sala de lo Penal del TS, ha indicado que "ni el informe que se acompaña al presente escrito ni el escrito mismo incorporan una valoración sobre 'la justicia o conveniencia y forma de la concesión de la gracia'".

No se pronuncia, según el informe, porque sería, además, "parte ofendida" por el perjuicio económico causado por el 1-O a la Administración General del Estado (AGE). La AGE forma parte "tanto el órgano que debe formular la propuesta de indulto (el ministro de Justicia) como el órgano que debe acordarlo el Gobierno".

"Dada la personalidad jurídica única de la Administración General del Estado no corresponde a la Subsecretaría de Hacienda ni a esta Abogacía del Estado manifestarse sobre la justicia o conveniencia del indulto o sobre la forma de la concesión de la gracia. La Abogacía del Estado entiende que el sentido de una decisión de este calado solo compete al Gobierno.

La AGE solo analiza la malversación de caudales públicos

Así, el informe se limita a analizar "exclusivamente" lo relativo al delito de malversación de caudales públicos por el que fueron condenados el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los ex consejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, según la Agencia EFE.

Los Servicios Jurídicos del Estado han considerado que el daño económico ya ha sido resarcido y se apoyan para ello en el informe emitido por el Tribunal de Cuentas. Este acredita que los 4,1 millones de euros fijados como liquidación provisional en el juicio contable por los gastos y pagos del 1O ya han quedado garantizados.

"Habiéndose determinado provisionalmente el alcance y sus presuntos responsables, y encontrándose garantizada esa cantidad a día de hoy, ese afianzamiento constituye un elemento que repararía el perjuicio económico producido a la Hacienda Pública", ha sostenido la Abogacía General del Estado.

En enero de 2020, se practicó la liquidación provisional por los gastos y pagos del referéndum ilegal en la que se declaró un presunto alcance por importe total de 4.146.274,97 euros: 3.903.294,86 euros por el principal y 242.980,11 euros por los intereses estimados desde que ocurrieron los hechos hasta esa liquidación provisional.

Una fianza de más de 4 millones de euros para los acusados

El acta de liquidación provisional, elaborada tras la instrucción y válida hasta que se dicta sentencia, conlleva que los presuntos responsables han de afianzar o depositar las cantidades que se han determinado. En este caso, los 4,1 millones de euros fueron afianzados en febrero de 2020.

Fue el pasado 10 de febrero cuando los Servicios Jurídicos del Estado preguntaron al alto tribunal por esta "información complementaria" relativa a la devolución de las cantidades malversadas en el 'procés'. Lo consideraban imprescindible para poder elaborar su informe sobre la conveniencia o no de otorgar indultos a los líderes independentistas condenados por el TS.

En la sentencia del 'procés', los magistrados del Supremo ya fijaron que sería el Tribunal de Cuentas el encargado de dirimir y reclamar la responsabilidad civil en que pudieran haber incurrido los cuatro condenados que lo fueron por malversación de fondos públicos, además de por sedición.

La Sala de lo Penal del TS, tras recabar la información penitenciaria respecto de los doce condenados, nueve de ellos en prisión, cuenta ya con el informe de la Fiscalía, que se opone a la concesión de la medida de gracia debida a la gravedad de los hechos y al entender que no existen razones de justicia, equidad o utilidad pública que justifiquen su aplicación.

El informe del TS tampoco es vinculante

Tras analizar los argumentos de las dos acusaciones que ejercieron en el juicio, la propia Sala emitirá su propio informe, si bien ninguno de ellos es vinculante para el Gobierno, que es el que debe decidir sobre la concesión o no de los indultos solicitados.

Se presentaron al menos siete peticiones de indulto a favor de Junqueras; los ex consejeros Dolors Bassa, Joaquim Forn, Josep Rull, Raül Romeva, Jordi Turull, Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó; los 'Jordis' --Jordi Cuixart y Jordi Sànchez. También para la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell. Algunas de ellas se refieren a todos los condenados y otras solo a algunos.

El indulto referido a Junqueras, condenado a 13 años por sedición y malversación de caudales públicos, fue presentado por varios internos de la cárcel de Lledoners donde cumple su pena, el jurista Francesc Jufesa, el presidente del partido Justicia Económica y Social (JES) Sergio Querol. También para el partivular Juan Andrés Arnáiz Cabezas, quienes pedían el indulto total o parcial mediante la reducción de la pena de prisión impuesta o la sustitución de esta por pena de inhabilitación.

El indulto puede solicitarse por el propio condenado, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre. La concesión, en caso de producirse, compete al Rey, a propuesta del ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, y debe acordarse mediante Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado.