La Audiencia Nacional anula el cese de Pérez de los Cobos y ordena su reingreso como jefe de la Guardia Civil
- El juez considera que la destitución fue "ilegal" y se debió a que el coronel no informó de las investigaciones del 8M
- La sentencia no es firme y el Ministerio de Marlaksa ya ha anunciado que la recurrirá
El Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 8 de la Audiencia Nacional ha anulado el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid (Tres Cantos-Madrid) por no informar sobre la causa del 8M y ha condenado al Ministerio de Interior a su reingreso en el puesto.
El Ministerio que dirige Fernando Grande-Marlaska ya ha anunciado que recurrirá la sentencia. "Desde el respeto a las decisiones judiciales, al discrepar con la resolución del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 8, se interpondrá recurso contra la misma a través de la Abogacía del Estado", han anunciado a Efe fuentes de Interior.
Tras analizar los hechos y las resoluciones adoptadas en el cese, el magistrado Celestino Salgado explica que se motivó por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento, todo ello en el marco de la investigación judicial por las manifestaciones del 8 de marzo de 2020 abierta en el juzgado 51 de Madrid, que había impuesto a Pérez de los Cobos el deber de reserva.
El cese del coronel provocó una tormenta política en junio del año pasado, cuando PP, Vox y Ciudadanos pidieron la reprobación de Marlaska por "mentir" sobre su destitución, ya que el ministro la había atribuido a una "reestructuración" en el Instituto Armado y había descartado cualquier vinculación a las investigaciones por el 8M.
"El motivo de la decisión discrecional de cese era ilegal"
En la sentencia, el magistrado estima el recurso presentado por Pérez de los Cobos contra la Resolución del ministro del Interior de 28 de julio de 2020 por la que se desestimaba el recurso de alzada formulado contra la Resolución del Secretario de Estado de Seguridad de 24 de mayo que dispuso el cese de Pérez de los Cobos.
"Lo que es indiscutible es que a pesar del deber legal de reserva y de la orden expresa de la Magistrada a la UOPJ (Unidad Orgánica de la Policía Judicial), se cesó al recurrente por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil, en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento", indica el magistrado.
Señala además que no consta qué información se consideraba que Pérez de los Cobos debía haber comunicado en su condición de jefe de la Comandancia de Madrid. De esta forma concluye que "el motivo de la decisión discrecional de cese era ilegal" al estar "motivado por cumplir con lo que la ley y el expreso mandato judicial ordenaban" tanto a la Unidad como a sus superiores, es decir: "no informar del desarrollo de las investigaciones y actuaciones en curso; lo que, entre otras cosas, podría haber sido constitutivo de un ilícito penal".
Considera además que se ha producido un "claro ejercicio desviado de la potestad discrecional que aparece expresamente recogido en el propio expediente administrativo -propuesta de cese y resolución del recurso de alzada-, contra lo que es habitual y que ha motivado que difícilmente sea apreciada la desviación de poder por los tribunales".
La sentencia explica que la decisión de cesar al coronel "queda desvelada" en la propuesta de la directora general de la Guardia Civil, María Gámez, al secretario de Estado de seguridad, Rafael Pérez, por no informar del desarrollo de la investigación relativa al pasado 8 de marzo.
"La legalidad no puede ser arrinconada por la discrecionalidad"
Una investigación que, insiste la sentencia, "por la legislación aplicable y por las expresas órdenes impartidas" por la magistrada que la dirigía, la titular del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid, "estaban sujetos al deber de reserva tanto la UOPJ como sus superiores, en este caso el Sr. Pérez de los Cobos". Es por ello, subraya, "que hemos concluido que aquella motivación es ilegal".
Para el magistrado, la legalidad no puede ser arrinconada por la discrecionalidad, sino que, por el contrario, las potestades discrecionales deben ejercitarse dentro de la legalidad. "El actuar discrecional no puede ser un medio para atentar contra la legalidad o menoscabar la legalidad a la que todos, en definitiva, estamos sujetos. Es por ello que el ejercicio de las potestades discrecionales está sujeto al control jurisdiccional en los términos expuestos", concluye.
De los Cobos fue cesado después de que miembros de la policía judicial de la Comandancia de Madrid entregaran un informe a la jueza que llevaba el caso de la manifestación del 8-M y su posible influencia en la expansión del coronavirus. En un primer momento, Grande-Marlaska atribuyó el cese a razones de organización internas y lo desvinculó de ese informe, si bien posteriormente matizó que respondía a la filtración del mismo a los medios y argumentó que no daba más detalles por respeto a la carrera profesional De los Cobos.
El cese motivó la dimisión del máximo mando operativo de la Guardia Civil, Laurentino Ceña, mientras que Pérez de los Cobos fue destinado a petición propia en comisión de servicios en la Intervención Central de Armas y Explosivos en Madrid, dependiente del general de la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad. El teniente coronel David Blanes González sustituyó a Pérez de los Cobos al frente de la Comandancia de Madrid.