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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala las vacunas infantiles obligatorias como medida necesaria y proporcional

  • Asegura que la vacunación protege a la vez a los inoculados y a los que no pueden recibir la vacuna
  • El fallo responde a cinco demandas contra la República Checa por defender la obligación legal de vacunar a los niños

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Imagen de una niña recibiendo una vacuna.
Imagen de una niña recibiendo una vacuna.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha avalado este jueves en una sentencia, con un voto en contra, la proporcionalidad de las autoridades que hacen obligatorias las vacunas infantiles, por ser una medida "necesaria en una sociedad democrática" y que "busca los objetivos legítimos de protección de la salud y los derechos del otro".

El fallo de la demanda Vavricka y otros cinco presentadas entre 2013 y 2015 contra la República Checa por defender la obligación legal de vacunar a los niños contra nueve enfermedades y la condena al pago de una multa si no se hace, además de su no admisión en las escuelas infantiles.

En la República Checa son obligatorias las vacunas infantiles contra la difteria, tétanos, tos ferina, Haemophilus influenza de tipo B, poliomielitis, hepatitis B, sarampión, paperas, rubeola y, en casos específicos, el neumococo. Además, impone multas de 110 euros. Las autoridades checas aseguran que, de los 100.000 niños vacunados cada año, sólo se detectan 5 o 6 casos de daños graves.

Aunque la vacuna obligatoria supone una injerencia en el derecho al respeto de la vida privada, la Gran Sala de 17 jueces de la Corte europea asegura que esa política sanitaria protege a la vez a los inoculados y a los que no pueden recibir la vacuna por razones médicas, que dependen de la inmunidad colectiva para protegerse contra enfermedades contagiosas graves.

Primera sentencia sobre este asunto

Se trata de la primera sentencia del Tribunal de Estrasburgo sobre este asunto y destaca que "el interés superior de los niños debe primar en todas las decisiones que les conciernen" y el Estado checo es conforme con ello.

Según la Corte europea, esas vacunas "son consideradas seguras y eficaces por la comunidad científica". Sobre las multas impuestas, el fallo señala que "no fueron excesivas" y aunque la no admisión en las escuelas infantiles implicara la pérdida de una ocasión para el desarrollo de la personalidad, se trata de "una medida preventiva más que punitiva".

El único voto en contra fue el del juez polaco, Krzysztof Wojtyczek, que presentó un voto disidente, al considerar que el Gobierno checo "no ha presentado razones justas suficientes para justificar la injerencia de la que se quejan los demandantes".