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Un juez ordena a la Policía que no impida a los migrantes viajar desde Canarias a la Península

  • Más de 5.000 adultos que han llegado en los últimos meses no han logrado salir de las islas
  • Fuera del plazo de 72 horas si no se habilita la devolución la persona extranjera queda en libertad

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Un inmigrante mostrando su pasaporte a la policía
Un inmigrante mostrando su pasaporte a la policía

Las personas migrantes que han llegado en los últimos meses a las islas Canarias podrán viajar al resto de la Península con el pasaporte o la solicitud de asilo, según ha dictaminado un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria al que ha tenido acceso Rtve.es. Hasta ahora se han puesto trabas a los más de 5.000 adultos que no han logrado salir de las islas. Muchos no han logrado montarse en un avión aunque llevaban uno de estos dos documentos en la mano.

"Desde Delegación del Gobierno les decían que podían viajar si tenían pasaporte o eran solicitantes de asilo. Sin embargo, cuando llegaban al aeropuerto la policía les impedía viajar por no tener un visado de entrada. La excusa que ponían era la de las restricciones por la pandemia", explica a Rtve.es, Daniel Arenciba uno de los abogados que han presentado la demanda. Muchas de estas personas llevan meses viviendo en campamentos de acogida e incluso en la calle. Su objetivo no era llegar a Canarias, sino continuar su viaje y reunirse con familiares o conocidos hasta llegar a su destino final.

El juez no ha entrado aún en la profundidad del asunto, pero el auto da indicaciones a las autoridades locales sobre los pasos a seguir y exige que se ordene a la Jefatura Superior de Policía de Canarias "el cese cautelar de la vía de hecho consistente en impedir el traslado a la península del demandante cuando este acredite su identidad con pasaporte o documento que pruebe que ha formulado o presentado solicitud de protección internacional”, sentencia el documento.

"Una orden no escrita"

Según los autores de la demanda se trataba de una "orden no escrita". Los letrados explican que esta demanda surge después de que a un joven al que atendieron se le impidió viajar. "Se presentó en el aeropuerto con todo lo que exigen las normas, pero fue detenido, le llevaron tres días al calabozo y volvió a quedar en libertad, pero sin poder salir de Gran Canaria", asegura Arenciba.

"Se trata de detenciones que tienen por objeto frustrar la movilidad de personas como (el demandante) que, de facto, quedan confinadas en Gran Canaria sin que exista amparo jurídico para ello", señala el documento.

"No es posible que se les considere personas libres solo en Canarias. El Tribunal Supremo deja claro que no hay situaciones intermedias entre la libertad y la detención. Si no están detenidas y las deportaciones son escasas, ellos tienen derecho a moverse", añade.

Fuera del plazo de 72 horas si no se habilita la devolución la persona queda en libertad

"Esto significa convertir a Canarias en una cárcel dejando a estas personas en una situación muy vulnerable y además a costa de los presupuestos públicos cuando pueden estar con su familia en condiciones medio dignas hasta esperar la deportación", argumenta el letrado.

Fuentes del Ministerio del Interior confirmaron hace unas semanas a RTVE.es que no hay ninguna orden ministerial y que este bloqueo se debe a las limitaciones de movilidad provocadas por la crisis sanitaria y que a estas personas se les aplican las mismas restricciones que tienen impuestas las comunidades autónomas. Sin embargo estas personas no podían salir.

Fuera del plazo de 72 horas si no se habilita la devolución la persona extranjera queda en libertad, según explica el Ministerio y recoge el documento: “Cuando un extranjero accede irregularmente a territorio nacional queda sujeto a un procedimiento de devolución, durante el que se procede a su detención por un plazo de 72 horas para que la autoridad gubernativa".

Bulos sobre la inmigración en Canarias

Los migrantes denuncian que la espera se produce en campamentos en condiciones precarias y exigen que se les aplique las mismas restricciones sanitarias que al resto de la población.

El auto concluye que "cuando este acredite su identidad con pasaporte o documento que pruebe que ha formulado o presentado solicitud de protección internacional Y SIEMPRE que el trayecto sea compatible con las restricciones a la movilidad impuestas para hacer frente a la pandemia por la COVID-19".

El letrado aplaude la decisión del juez y asegura que su cliente nada más conocer el auto se ha hecho una PCR y que en las próximas horas espera reunirse con su familia, que lleva esperándole desde noviembre.